DECRETO 341/1997, de 19 de diciembre, por el que se modifican los Títulos II y III del Reglamento Orgánico de la Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Política Territorial y Medio Ambiente
Rango de LeyDecreto

La incidencia cada vez mayor que en el conjunto de los residuos generados representan los envases, ha llevado a la Unión Europea a formular la Directiva 94/62 C.E. del Parlamento Europeo y del Consejo de 20 de diciembre, relativa a los envases y residuos de envases. Dicha Directiva que fija unos objetivos de reciclado y valorización que se deberán cumplir en el plazo de cinco años por los Estados miembros, ha originado la promulgación de la Ley 11/1997, de 24 de abril, de envases y residuos de envases.

La citada Ley que tiene el carácter de básica, establece determinados principios de actuación de las Administraciones Públicas para fomentar la prevención y reutilización de los envases, así como su reciclado y valorización, al tiempo que determina unos objetivos intermedios que deben cumplirse en el plazo de treinta y seis meses. Por otra parte, en el conjunto del articulado de la norma se atribuyen una serie de competencias a las Comunidades Autónomas tales como: adoptar las medidas oportunas relativas al diseño y proceso de fabricación de los envases, el otorgamiento de las autorizaciones correspondientes a los sistemas integrados de gestión de envases y residuos de envases, la incorporación a los respectivos planes de gestión de residuos de determinaciones específicas sobre la gestión de envases y el ejercicio de la potestad sancionadora establecida en la Ley.

Para cumplir con las funciones referidas, se requiere estructurar dentro del ámbito de atribuciones que tienen asignadas los diferentes Departamentos que componen el Gobierno de Canarias, las tareas que comporta el cumplimiento de la Ley básica, para lo cual se ha estimado como sistema más conveniente la concentración de estas funciones inequívocamente medioambientales en el marco de competencias de la Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente, debiéndose para ello modificar el Título II del Reglamento Orgánico de dicha Consejería y la numeración del artículo 32 correspondiente al Título III.

En su virtud, a propuesta conjunta de la Consejera de Política Territorial y Medio Ambiente y del Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales y previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 19 de diciembre de 1997,

D I S P O N G O:

Artículo 1º.- Se modifica el Título II del Reglamento Orgánico de la Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente, Decretos 107/1995, 273/1995 y 27/1997, al que se le adiciona un Capítulo VI, compuesto...

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