DECRETO 73/2009, de 2 de junio, por el que se dispone la suspensión, para ámbito territorial concreto, de las determinaciones del Plan Insular de Ordenación de Lanzarote, y se aprueban las normas sustantivas transitorias de ordenación, con el fin de legitimar la implantación y ejecución de una estación de radio de servicio de socorro marítimo en Montaña Aganada, término municipal de Haría, Lanzarote.

Fecha de Entrada en Vigor 5 de Junio de 2009
SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial
Rango de LeyDecreto

El Servicio de Socorro para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar es un servicio específicamente dirigido a dar respuesta a las necesidades de socorro, urgencias y salvamento de los buques que navegan por las aguas territoriales españolas. Dicho servicio público, prestado en el marco del Convenio para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS), es responsabilidad del Ministerio de Fomento, a través de la Dirección General de la Marina Mercante.

Habiendo sido recientemente adjudicado el contrato de prestación de este servicio público, y a instancia de la citada Dirección General de la Marina Mercante, el Cabildo Insular de Lanzarote ha solicitado la suspensión de las determinaciones del Plan Insular de Ordenación de Lanzarote en Montaña Aganada, término municipal de Haría, con el objeto de legitimar la implantación y ejecución de una estación de radio para el servicio de socorro marítimo.

Se ha constatado la incompatibilidad de la actuación pretendida, localizada en suelo clasificado como rústico, con las determinaciones del Plan Insular de Ordenación de Lanzarote, aprobado por Decreto 63/1991, de 9 de abril, modificado por el Decreto 95/2000, de 22 de mayo, y modificado puntualmente mediante Decreto 176/2004, de 13 de diciembre, el cual efectúa una remisión al Plan Territorial Especial de Comunicaciones e Infraestructuras, cuya aprobación es requisito previo para la implantación de este tipo de instalaciones en suelo rústico. Dicho instrumento de ordenación aún no se ha aprobado.

El artículo 47.1 del Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, dispone que el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma podrá suspender motivadamente la vigencia de cualquier instrumento de ordenación para su revisión o modificación, en todo o...

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