DECRETO 11/1996, de 26 de enero, por el que se declara la subsistencia de determinadas disposiciones del actual marco normativo de la política de vivienda y suelo.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería deObras Públicas, Vivienda y Aguas
Rango de LeyDecreto

El II Plan Canario de Vivienda establecía la política de vivienda y suelo para el cuatrienio 1992-1995 contemplándose al efecto una serie de programas de actuación que hizo necesario elaborar el marco normativo que sirviera de instrumento de gestión y a la vez de regulación de los recursos específicos previstos en el Real Decreto 1.932/1991, de 20 de diciembre, y Real Decreto 1.668/1991, de 15 de noviembre, y cuyos objetivos totales en número de actuaciones protegibles fueron objeto del Convenio Marco Bilateral suscrito entre el Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente y la Comunidad Autónoma de Canarias.

Actualmente se encuentra pendiente de aprobación el III Plan Canario de Vivienda, por el que se pretende establecer el conjunto de estrategias, actuaciones, recursos e instrumentos de necesaria aplicación para el eficaz desarrollo de un nuevo Plan de Vivienda con referencia al marco general definido por la Administración del Estado en el Real Decreto 2.190/1995, de 28 de diciembre, sobre medidas de financiación de actuaciones protegibles en materia de vivienda y suelo para el periodo 1996-1999, y cuyo desarrollo ha de ser objeto del correspondiente Convenio.

Finalizado el II Plan Canario de Vivienda 1992-1995, que promovió el establecimiento de diversas normas por las que se regulaba la concesión y el procedimiento para el otorgamiento de subvenciones y otras ayudas económicas directas destinadas a distintas líneas de actuación, se inicia un nuevo periodo que requiere la adopción de determinadas medidas respecto al instrumento jurídico necesario que permita abordar y resolver los expedientes ya iniciados, y a su vez acoger las solicitudes que se tramiten al amparo del nuevo marco normativo y financiero vigentes para 1996-1999.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Vivienda y Aguas y previa deliberación del Gobierno en su sesión celebrada el día 26 de enero de 1996,

D I S P O N G O:

Artículo único 1

A las actuaciones acogidas al marco normativo y financiero previstas para los años 1996 a 1999, les serán de aplicación las normas que figuran en el anexo a este Decreto, que integraban el marco normativo en materia de vivienda y suelo dictado en ejecución del II Plan Canario de Vivienda, a cuyos efectos se declaran subsistentes.

  1. Para lo no previsto en las citadas normas, será de aplicación lo...

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