Servicio Canario de Empleo.- Extracto de la Resolución de 8 de octubre de 2018, del Director, por la que se convocan subvenciones destinadas a la financiación del Programa de Formación en Alternancia con el Empleo-Garantía Juvenil, en régimen de concurrencia competitiva, para el ejercicio 2018.

SecciónV. ADMINISTRACIÓN LOCAL Y ENTIDADES PÚBLICAS
EmisorConsejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda

BDNS (Identif.): 418843.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3, letra b) y 20.8, letra a), de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index).

Primero.- Aprobación del gasto.

Aprobar el gasto por importe de siete millones ochocientos cincuenta y cuatro mil quinientos noventa y nueve euros con noventa y cinco céntimos (7.854.599,95 euros), para la convocatoria de subvenciones destinadas a la financiación del Programa de Formación en Alternancia con el Empleo-Garantía Juvenil, en régimen de concurrencia competitiva, para el ejercicio 2018, con cargo a los siguientes créditos 2018.50.01.241H.450.00, Línea de actuación 50000011 "Programa Operativo de Empleo Juvenil".

Segundo.- Convocatoria de subvenciones.

Convocar subvenciones destinadas a la financiación del Programa de Formación en Alternancia con el Empleo-Garantía Juvenil, en régimen de concurrencia competitiva, para el ejercicio 2018.

Tercero.- Dotación presupuestaria.

  1. Las subvenciones previstas en la presente resolución se financiarán con cargo al crédito presupuestario consignado en el presupuesto de gastos del SCE en la partida 2018.50.01.241H.450.00, Línea de actuación 50000011 "Programa Operativo de Empleo Juvenil", por un importe de 7.854.599,95 euros.

  2. El volumen total de las subvenciones a conceder dentro de este ejercicio presupuestario no superará la citada consignación salvo que se produzca un incremento del importe del crédito presupuestario disponible como consecuencia de una generación, una ampliación o una incorporación de crédito, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.4 del Decreto 36/2009, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, y en el artículo 58, punto 2, apartado 4º, del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. En este supuesto, el órgano concedente publicará la declaración de créditos disponibles y la distribución definitiva, respectivamente, con carácter previo a la resolución de concesión en los mismos medios que la convocatoria, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.

  3. Los criterios de reparto del crédito total de la convocatoria serán los siguientes:

    3.1. Con objeto de garantizar el principio general de que estas políticas de empleo lleguen a todas las personas desempleadas del territorio de la Comunidad Autónoma, se asignará al menos un proyecto por isla, independientemente del número de personas desempleadas existente en cada una de ellas. Esto supone 281.300,00 euros por isla, dado que este importe es el coste máximo de un Proyecto.

    3.2. Una vez descontado el importe que resulte de la aplicación del criterio anterior, el importe restante se distribuirá proporcionalmente entre las islas en función de...

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