ORDEN de 27 de junio de 2008, por la que se corrige la Orden de 25 de enero de 2007, que regula el procedimiento para la renovación del mandato a los actuales directores o directoras nombrados en virtud de anterior convocatoria y convoca y hace público concurso de méritos entre los funcionarios de carrera docentes para la selección de directores o directoras de los centros públicos de enseñanzas no universitarias de la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. nº 30, de 9.2.07) .

SecciónII. AUTORIDADES Y PERSONAL
EmisorConsejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes
Rango de LeyOrden

Se hace necesario corregir el error material detectado en la Orden de 25 de enero de 2007, por la que se regula el procedimiento para la renovación del mandato a los actuales directores o directoras nombrados en virtud de anterior convocatoria, y se convoca y hace público concurso de méritos entre los funcionarios de carrera docentes para la selección de directores o directoras de los centros públicos de enseñanzas no universitarias de la Comunidad Autónoma de Canarias, teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO Primero.- Por Orden de 25 de enero de 2007, se regula el procedimiento para la renovación del mandato a los actuales directores o directoras nombrados en virtud de anterior convocatoria, y se convoca y hace público concurso de méritos entre los funcionarios de carrera docentes para la selección de directores o directoras de los centros públicos de enseñanzas no universitarias de la Comunidad Autónoma de Canarias (B.O.C. nº 30, de 9.2.07)

Segundo.- En la citada Orden se ha detectado un error material en la base undécima del anexo II, por lo que resulta necesaria su corrección.

A los anteriores hechos les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO Único.- De conformidad con lo establecido en el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. nº 285, de 27.11.92), en su redacción actual, las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos en sus actos.

De acuerdo con todo lo anterior, en ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 29.m) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias (B.O.C. nº 96, de 1.8.90) , el artículo 4 del Decreto 113/2006, de 26 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (B.O.C. nº 148, de 1.8.06) , y el Decreto 208/2007, de 13 de julio, del Presidente, de nombramiento como Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias (B.O.C. nº 141, de 14.7.07) ,

D I S P O N G O:

Primero.- Proceder a la corrección del error material detectado en la Orden de 25 de enero de 2007, por la que se regula el procedimiento para la renovación del mandato a los actuales directores o directoras nombrados en virtud de anterior...

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