DECRETO 55/2001, de 19 de febrero, por el que se regula el Premio César Manrique de Medio Ambiente.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Política Territorial y Medio Ambiente
Rango de LeyDecreto

El Decreto 303/1996, de 10 de diciembre, que instituyó los premios César Manrique de Medio Ambiente, fue modificado puntualmente por el Decreto 340/1997, de 19 de diciembre, para luego sufrir otra modificación, en este caso total, a través del Decreto 54/2000, de 10 de abril.

Actualmente y dado que el Decreto 89/2000, de 22 de mayo, por el que se aprueba el nuevo Reglamento Orgánico de la Consejería de Política Territorial y Medio Ambiente, en su artículo 2.1A).5 contempla en su estructura la Dirección General de Política Ambiental, dependiente de la Viceconsejería de Medio Ambiente, se hace necesario la incorporación al Jurado que deberá deliberar sobre el otorgamiento del Premio del titular de la Dirección General de Política Ambiental que formará parte del mismo.

Por otra parte se ha estimado conveniente resaltar dentro de los contenidos específicos que habrán de tenerse en cuenta para el otorgamiento del Premio, la protección del medio ambiente y de la biodiversidad de Canarias, así como incluir entre las actividades a considerar las industriales y las destinadas a la potenciación de energías alternativas, y la restauración de áreas deterioradas.

Igualmente se contempla en el nuevo texto, dentro de las intervenciones públicas a ponderar, aquellas en las que el desarrollo sostenible ocupa un lugar preferente.

Por todo ello y con el objeto de introducir las novedades expuestas, se procede a elaborar un nuevo texto de regulación del Premio César Manrique de Medio Ambiente, a fin de facilitar en un texto actual y único, el conocimiento general del sistema y de las condiciones de otorgamiento del referido Premio.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Política Territorial y Medio Ambiente y previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 19 de febrero de 2001,

D I S P O N G O:

Artículo 1.- El Premio César Manrique de Medio Ambiente, que tendrá carácter anual, se podrá otorgar a cualesquiera de los beneficiarios siguientes:

a) Colectivos, entendiendo por éstos a instituciones, sociedades, asociaciones, empresas y grupos de carácter público o privado que se hayan destacado a lo largo del año anterior del que se trate por realizar actividades especialmente significativas desde el punto de vista de la mejora del medio ambiente de Canarias.

b) Personas que a título individual se hayan destacado por iguales actividades a las anteriormente descritas y en el mismo período citado.

Artículo 2.-...

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