DECRETO 126/1995, de 11 de mayo, por el que se modifica el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Jurídico del Gobierno de Canarias (B.O.C. nº 26, de 24.2.92) .

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorPRESIDENCIA DEL GOBIERNO
Rango de LeyDecreto

La consumación del traspaso a la Comunidad Autónoma de Canarias de los servicios del INSALUD ha determinado la creación del Servicio Canario de la Salud, cuyo volumen de procesos judiciales y demanda de asesoramiento y asistencia jurídica justifican una reglamentación singular de tales funciones, siempre en el marco unitario del Servicio Jurídico del Gobierno de Canarias. Con tal propósito, a través del presente Decreto se viene a estructurar la organización de las funciones del Servicio Jurídico en relación al Servicio Canario de la Salud, encomendando tales funciones a la Dirección General del Servicio Jurídico y a la Asesoría Jurídica del Servicio Canario de la Salud, órgano éste de nueva creación y que se estructura de forma similar a las Asesorías Jurídicas Departamentales actualmente existentes, con una dependencia funcional de la Dirección General citada y una adscripción orgánica en el propio Servicio Canario de la Salud. Tal estructuración, con las peculiaridades inherentes a la creación de una Asesoría Jurídica adscrita a un Organismo Autónomo, las singularidades derivadas de la estructuración del servicio jurídico del INSALUD y la necesidad de regular la asunción efectiva de las funciones de asistencia y representación y defensa por el Servicio Jurídico del Gobierno de Canarias, motivan la modificación puntual, para su adaptación, del Decreto 19/1992, de 7 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Jurídico del Gobierno de Canarias. En su virtud, a propuesta del Presidente y previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 11 de mayo de 1995, D I S P O N G O: Artículo 1.- Se introduce una nueva Disposición Adicional en el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Jurídico del Gobierno de Canarias, aprobado por Decreto 19/1992, de 7 de febrero, con el siguiente tenor: ¿Disposición Adicional Quinta.- 1. Las funciones previstas en el presente Reglamento, de asistencia jurídica, asesoramiento y representación y defensa en juicio del Servicio Canario de la Salud se ejercerán por el Servicio Jurídico del Gobierno de Canarias, a través de la Dirección General del Servicio Jurídico y de la Asesoría Jurídica del Servicio Canario de la Salud. 2. La Asesoría Jurídica del Servicio Canario de la Salud dependerá funcionalmente de la Dirección General del Servicio Jurídico y orgánicamente de la Secretaría General del Servicio Canario de la...

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