DECRETO 128/1983, de 4 de Marzo, por el que se crea el Consejo Regional de Pesca de la Comunídad Autónoma de Canarias.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Agricultura y Pesca
Rango de LeyDecreto

La Ley 7l/78 de 26 de Diciembre de desarrollo de la Pesca en Canarias en su artÌculo 5 apartado l' establece que sin perjuicio de las competencias de la AdministraciÛn del Estado en materia de Pesca, el Gobierno de Canarias informar· la concesiÛn de los crÈditos a que hace referencia el artÌculo 3-2, y con la participaciÛn del sector pesquero realizar· la planificaciÛn y control del conjunto de las actividades necesarias para el cumplimiento de los fines previstos en esta Ley.

En su virtud, y a propuesta del Consejero de Agricultura y Pesca y previa deliberaciÛn del Gobierno.

D 1 S P 0 N G 0

Articulo primero Se crea el ComitÈ Regional de Pesca para el asesoramiento de la ConsejerÌa en actuaciones derivadas de la Ley 71/78.
ArtÌculo segundo Sus caracterÌsticas ser·n las siguientes:
  1. Car·cter de consulta y asesoramiento.

  2. ParticipaciÛn de las organizaciones sociales m·s representativas.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- Se faculta al Consejero de Agricultura y Pesca para dictar las disposiciones necesarias en desarrollo del presente Decreto.

Segunda La presente norma entrar· en vigor el mismo dÌa de su publicaciÛn en el BoletÌn Oficial de la Comunidad...

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