RESOLUCIÓN de 2 de noviembre de 2011, por la que se convoca concurso público para la contratación de Profesorado Contratado Doctor, tipo I, mediante contrato laboral con carácter indefinido.

SecciónII. AUTORIDADES Y PERSONAL
EmisorUniversidad de Las Palmas de Gran Canaria
Rango de LeyResolución

De acuerdo con lo dispuesto en la Sección 1ª del Título IX de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE de 24.12.01), modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (BOE de 13 de abril) y en lo que no se oponga a esta norma, en el Capítulo I del Decreto 140/2002, de 7 de octubre, sobre régimen del personal docente e investigador contratado y sobre complementos retributivos del profesorado de las Universidades canarias (BOC de 18.10.02), y siendo necesaria la contratación de Profesores Contratados Doctores, en las plazas que se indican en el anexo I de esta Resolución.

En uso de las competencias que le atribuye el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, en relación con el artículo 2.2.e) de la misma, así como en los Estatutos de esta Universidad, en el artículo 1 del Decreto 140/2002, de 7 de octubre y, la Resolución de delegación de competencias de 16 de junio de 2008 (BOC de 21.8.08), este Vicerrectorado ha resuelto:

Convocar concurso público para la contratación de Profesorado Contratado Doctor, tipo I, en las plazas que se indican en el anexo I, mediante Contrato Laboral con carácter indefinido, con sujeción a las siguientes:

BASES DE LA CONVOCATORIA.

  1. NORMAS GENERALES.

    1.1. El concurso objeto de la presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en:

    - La Sección 1ª del Título IX de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril (BOE de 13 de abril) y en cuanto no se oponga a esta norma en:

    - En el Capítulo I del Decreto 140/2002, de 7 de octubre.

    - En los Estatutos de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.

    - El procedimiento para la contratación de personal docente e investigador contratado de la ULPGC, aprobado por Consejo de Gobierno de 21 de julio de 2003.

    - Estatuto de los Trabajadores.

    1.2. El procedimiento de selección de los aspirantes será el concurso.

    1.3. Los aspirantes designados para ocupar las plazas tendrán la obligación de participar en los cursos de formación docente del profesorado que la Universidad convoque.

    1.4. El baremo general por el que se regirá la adjudicación de las plazas que figuran como anexo III a la presente Convocatoria, ha sido aprobado por Consejo de Gobierno celebrado el 25 de febrero de 2008 y se encuentra expuesto en los tablones de anuncios de la calle Real de San Roque, nº 1, módulo A, primera planta y en la página web de la Universidad.

    1.5. Las plazas convocadas no podrán ser cubiertas en comisión de servicios y tampoco podrán ser ocupadas por candidatos que hayan finalizado una relación contractual anterior con la ULPGC, por existencia de informe desfavorable.

    A los efectos de los respectivos concursos el mes de agosto se declara hábil para este procedimiento.

  2. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.

    2.1. Requisitos generales.

    2.1.1. Los interesados deberán reunir las condiciones establecidas en la legislación vigente: Ley Orgánica de Universidades 6/2001, de 21 de diciembre, Decreto 140/2002, de 7 de octubre, sobre régimen del personal docente e investigador contratado y sobre complementos retributivos del profesorado de las Universidades canarias, Real Decreto...

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