DECRETO 235/2003, de 4 de agosto, por el que se declaran fiestas propias de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2004 y se abre plazo para fijar las fiestas locales.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Empleo y Asuntos Sociales
Rango de LeyDecreto

El artÌculo 37.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, establece que las Comunidades AutÛnomas, dentro del lÌmite anual de catorce dÌas festivos, de los cuales dos ser·n locales, podr·n seÒalar las fiestas que por tradiciÛn les sean propias, asÌ como que podr·n hacer uso de la facultad de trasladar al lunes inmediatamente posterior el descanso laboral correspondiente a las fiestas que coincidan con domingo.

En atenciÛn a lo preceptuado se procede a determinar las fiestas de la Comunidad AutÛnoma de Canarias para el aÒo 2004, previendo descanso laboral para los dÌas 31 de mayo y 16 de agosto, por coincidir con domingo, las festividades del DÌa de Canarias y de la AsunciÛn de la Virgen, respectivamente.

AsÌ mismo, el citado artÌculo 37.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, dispone que ser·n tambiÈn inh·biles para el trabajo, retribuidos y no recuperables, hasta dos dÌas de cada aÒo natural con car·cter de fiestas locales.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Empleo y Asuntos Sociales, en uso de las facultades que le atribuye el artÌculo 5.3.f) del Decreto 329/1995, de 24 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Org·nico de la ConsejerÌa de Empleo y Asuntos Sociales, trasladada la correspondiente propuesta a los agentes sociales y previa deliberaciÛn del Gobierno en su reuniÛn del dÌa 4 de agosto de 2003,

D I S P O N G O:

ArtÌculo 1 Fiestas de la Comunidad AutÛnoma.

Los dÌas inh·biles a efectos laborales, de car·cter retribuido y no recuperable, en el ·mbito de la Comunidad AutÛnoma de Canarias durante el aÒo 2004 ser·n los siguientes:

- 1 de enero, AÒo Nuevo.

- 6 de enero, EpifanÌa del SeÒor.

- 8 de abril, Jueves Santo.

- 9 de abril, Viernes Santo.

- 1 de mayo, Fiesta del Trabajo.

- 31 de mayo, descanso laboral correspondiente a la festividad del DÌa de Canarias.

- 16 de agosto, descanso laboral correspondiente a la festividad de la AsunciÛn de la Virgen.

- 12 de octubre, Fiesta Nacional de EspaÒa.

- 1 de noviembre, Todos los Santos.

- 6 de diciembre, DÌa de la ConstituciÛn.

- 8 de diciembre, Inmaculada ConcepciÛn.

- 25 de diciembre, Natividad del SeÒor.

ArtÌculo 2 Fiestas de ·mbito local.
  1. Ser·n tambiÈn inh·biles para el trabajo, retribuidos y no...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR