DECRETO 20/2009, de 6 de marzo, del Presidente, por el que se delegan competencias en la Comisionada de Acción Exterior.

Fecha de Entrada en Vigor16 de Marzo de 2009
SecciónIII. OTRAS RESOLUCIONES
EmisorPRESIDENCIA DEL GOBIERNO
Rango de LeyDecreto

Vistos el artículo 2.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, relativo a las aportaciones dinerarias, en relación con el artículo 1, puntos 4 y 6, de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2009 (Ley 5/2008, de 23 de diciembre), sobre entidades cuyos presupuestos se integran en los de la citada Comunidad Autónoma.

Vistos los artículos 4.1.m) y n) y 24.6 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de contratos del sector público, en relación con los encargos a entes que tengan la condición de medio propio o servicio técnico.

Considerando que en el Reglamento Orgánico de la Presidencia del Gobierno, aprobado por Decreto 129/2008, de 3 de junio, se atribuyen a la Comisionada de Acción Exterior el máximo nivel de competencias en materia de contratación y en materia de ayudas y subvenciones, entre otras materias propias de la acción exterior.

Considerando que, no obstante, se hace preciso delegar en dicha Comisionada, de acuerdo con el artículo 31 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, otras competencias que corresponden al titular del departamento, en orden a lograr una gestión acorde con los principios de eficacia y eficiencia.

En su virtud,

D I S P O N G O:

Primero.- Delegar en la Comisionada de Acción Exterior, en el ámbito funcional que tiene atribuido, las siguientes competencias:

1) La concesión de aportaciones dinerarias que no revistan el carácter de subvenciones con cargo a sus programas presupuestarios y de sus órganos dependientes, así como de los que sea competente por razón de la materia de los incluidos, en su caso, en la Sección 19 de la Ley de Presupuestos.

2) La realización de encargos a los entes que tengan la condición de medio técnico y servicio propio de la Administración de esta Comunidad Autónoma.

3) La formalización de los convenios de colaboración con entidades colaboradoras en la gestión de las ayudas y subvenciones que se otorguen con cargo a sus programas presupuestarios y de sus órganos dependientes, así como de los que sea...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR