DECRETO 76/2008, de 9 de junio, del Presidente, por el que se crea el Comité Asesor de la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información.

Fecha de Entrada en Vigor17 de Junio de 2008
SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorCANARIAS REGIMEN PREAUTONOMICO
Rango de LeyDecreto

La complejidad y carácter altamente multidisciplinar de los programas de trabajo que anualmente la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información habrá de llevar a cabo dentro del Plan Canario I+D+d, hace muy conveniente contar con la visión y la opinión de expertos de reconocido prestigio para el adecuado desarrollo de dichos programas.

En su virtud, en ejercicio de las competencias que tengo atribuidas, y de conformidad con lo previsto en el artículo 29.3 del Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias,

D I S P O N G O:

Artículo 1 Creación, objeto y adscripción.

Se crea el Comité Asesor de la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información, con carácter de grupo de trabajo, y cuyo objeto será el asesoramiento técnico en las materias que son propias de la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información.

El Comité Asesor de la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información está adscrito a la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información, en la Presidencia del Gobierno.

Artículo 2 Funciones.

El Comité Asesor de la Agencia Canarias de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información para el cumplimiento de su objeto desarrollará las siguientes funciones:

  1. Asesorar a la Dirección de la Agencia en la elaboración y actualización de sus programas de trabajo anuales, dentro del Plan Canario de I+D+i+d.

  2. Asesorar a la Dirección de la Agencia en la monitorización y seguimiento de sus programas de trabajo anuales.

  3. Asesorar a la Dirección de la Agencia en la confección de bases de convocatorias públicas de subvenciones.

    d)Asesorar a la Dirección de la Agencia en el adecuado desarrollo de sus programas propios.

  4. Asesorar a la Dirección de la Agencia en cualquier otro asunto de su competencia que resultara procedente a juicio de la Dirección.

Artículo 3 Composición y dirección.
  1. El Comité estará compuesto por un máximo de diez miembros, designados por el Director de la Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información de entre funcionarios públicos, profesores universitarios...

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