ORDEN de 4 de agosto de 2011, por la que se modifican los precios públicos por los servicios sanitarios prestados por el Servicio Canario de la Salud.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Sanidad
Rango de LeyOrden

Por Decreto 81/2009, de 16 de junio, se establecieron los precios públicos de los servicios sanitarios prestados por el Servicio Canario de la Salud y se fijaban sus cuantías. Posteriormente dicho Decreto fue modificado por el Decreto 139/2010, de 4 de octubre, mediante el que, entre otras modificaciones, se introdujeron dos nuevas prestaciones en el anexo I, apartado 3.24.25 "Prueba determinación virus H1/N1" y 2.4 "Inyectables".

El citado Decreto se estructura en dos anexos:

En el anexo II del citado Decreto se recogen los precios aplicables en aquellos supuestos a los que sean de aplicación el Convenio Marco de los servicios prestados por asistencia sanitaria derivada de accidentes de tráfico (Sector Público) y el Convenio para la atención de lesionados en accidentes de tráfico mediante servicios de emergencias sanitarias. Dichos convenios han sido renovados, modificándose la cuantía de las tarifas establecidas anteriormente, por lo que procede modificar el importe de los correspondientes precios públicos ajustándolos a los acordados en dicha renovación.

Asimismo, para el ejercicio 2011 se plantea la necesidad de actualizar todos los precios públicos de los servicios sanitarios prestados en los centros dependientes del Servicio Canario de la Salud que figuran como anexo I, mediante la aplicación de un parámetro cuantitativo de referencia: el Índice de Precios al Consumo, que permita compensar el desfase que la inflación genera sobre los precios públicos que nos ocupa.

Los precios que figuran en el anexo I del Decreto 81/2009 están actualizados a 31 de diciembre del año 2007, tal como consta en la Memoria económico-financiera del mismo, salvo las prestaciones introducidas mediante Decreto 139/2010, cuya actualización corresponde al año 2010. Dado que los costes derivados de la actividad han crecido para el Servicio Canario de la Salud, al menos, en un importe igual al crecimiento del Índice de Precios al Consumo, es necesario ponerlos al día evitando así que se sitúen por debajo del coste real.

Por ello, vista la memoria económico-financiera justificativa de la modificación de las cuantías, y en virtud de lo establecido en el artículo 169.2.c) del Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de tasas y precios públicos de la Comunidad...

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