DECRETO 196/2010, de 27 de octubre, por el que se aprueban los Pliegos Tipo de Cláusulas Administrativas Particulares, en el ámbito de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma y de los organismos públicos vinculados o dependientes de ella, para la contratación de obras, suministros y servicios por procedimientos abierto y negociado con y sin publicidad, y para la contratación de suministros de cuantía indeterminada mediante acuerdo marco con procedimiento abierto.

SecciónIII. OTRAS RESOLUCIONES
EmisorConsejería de Economía y Hacienda
Rango de LeyDecreto

La Ley 34/2010, de 5 de agosto, modificó la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, con la finalidad de completar su adaptación a la normativa comunitaria, en especial a la Directiva 2007/66/CE, reguladora de los recursos en materia de contratación.

Uno de los aspectos de dicha modificación que afectan al procedimiento de adjudicación, y, en consecuencia, al contenido de los pliegos de cláusulas administrativas, radica en que los actos de adjudicación provisional y de adjudicación definitiva se refunden en un único acto de adjudicación, mientras que la perfección del contrato se hace coincidir con su formalización.

Tal modificación genera a su vez la necesidad de modificar los pliegos tipo de cláusulas que actualmente se utilizan en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma, aprobados por el Decreto 81/2008, a fin de reflejar en la redacción de su clausulado los cambios introducidos en el procedimiento de adjudicación.

Por otra parte, el tiempo transcurrido desde su aprobación en 2008, hace oportuno introducir en la redacción de los pliegos tipo aquellas mejoras o actualizaciones que resulten concordantes con las normas estatales o autonómicas que, afectando a la contratación pública, han sido dictadas en el transcurso de los dos últimos años, tales como el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolló parcialmente la Ley de Contratos del Sector Público, la Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, y el Decreto 48/2009, de 28 de abril, por el que se establecen en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias medidas ante la crisis económica y de simplificación administrativa.

La posibilidad de establecer pliegos tipo de cláusulas administrativas particulares de general aplicación a determinadas categorías de contratos de naturaleza análoga está expresamente recogida en el artículo 99.4 de la Ley de Contratos del Sector Público, y corresponde al Gobierno la competencia para la aprobación de los pliegos tipo a utilizar en la contratación administrativa en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, de acuerdo con la competencia que le atribuye el Decreto 252/1993, de 24 de septiembre.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda y previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 27 de octubre de 2010,

D I S P O N...

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