DECRETO 84/2009, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Observatorio Canario de la Juventud.

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Julio de 2009
SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda
Rango de LeyDecreto

Con base en las previsiones establecidas en el artículo 148 de la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía de Canarias determina, en su artículo 30.7 y 13, la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de asistencia social y servicios sociales, fundaciones y asociaciones de carácter docente, cultural, artístico, asistencial y similares, en cuanto desarrollen esencialmente sus funciones en Canarias. Además, en el artículo 30, apartado 9, se reserva a esta Comunidad Autónoma la competencia en materia de fomento de la cultura.

En virtud de lo establecido en el Real Decreto 2.798/1982, de 12 de agosto, el Real Decreto 301/1984, de 25 de enero, y el Real Decreto 286/1995, de 24 de febrero, sobre transferencias de competencias, funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de cultura, se transfieren, entre otras, las competencias sobre fomento de la cooperación juvenil y apoyo al desarrollo de la actividad asociativa juvenil en el territorio de la Comunidad Autónoma.

En el desarrollo de las competencias mencionadas, se aprobó la Ley 7/2007, de 13 de abril, Canaria de Juventud.

La citada Ley 7/2007, de 13 de abril, en su artículo 6, creó, en el seno de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y con la estructura y organización que al efecto se determine reglamentariamente, el Observatorio Canario de la Juventud, como instrumento de seguimiento permanente de la realidad juvenil canaria, con el fin de disponer de una visión global y actualizada de la situación y evolución de los jóvenes, que permita evaluar el impacto de las políticas y de la acción administrativa en materia de juventud de las distintas Administraciones Públicas con competencias en dicho ámbito.

Por otra parte, en su Disposición Final Primera autoriza al Gobierno a dictar las disposiciones reglamentarias necesarias para el desarrollo y ejecución de la misma.

Por ello, dando cumplimiento a las previsiones antes citadas, el presente Decreto viene a aprobar el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Observatorio Canario de la Juventud.

En su virtud, a propuesta conjunta de la Consejera de Bienestar Social, Juventud y Vivienda y del Consejero de Presidencia, Justicia y Seguridad, visto el dictamen del Consejo Consultivo de Canarias, y previa deliberación del Gobierno en su sesión del día 23 de junio de 2009,

D I S P O N G O:

Artículo único Aprobación del Reglamento.

Se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Observatorio Canario de la Juventud, en los términos que figuran en el anexo de este Decreto.

DISPOSICIÓN ADICIONAL
Disposición...

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