DECRETO 23/2001, de 6 de febrero, por el que se modifica parcialmente el Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía, Hacienda y Comercio, aprobado por Decreto 338/1995, de 12 de diciembre.
Sección | I. DISPOSICIONES GENERALES |
Emisor | Consejería de Economía, Hacienda y Comercio |
Rango de Ley | Decreto |
La nueva estructura de las consejerías establecida por el Decreto 10/2001, de 29 de enero, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las consejerías, así como por el Decreto 12/2001, de 30 de enero, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las consejerías de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, exige la modificación de la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Comercio, adecuando la denominación de los órganos y sus adscripciones a las nuevas competencias asignadas al departamento, con la finalidad de que la gestión de las áreas de acción pública que le corresponden responda a criterios homogéneos.
En su virtud, a propuesta conjunta de los Consejeros de Presidencia e Innovación Tecnológica y de Economía, Hacienda y Comercio, y previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 6 de febrero de 2001,
D I S P O N G O:
Artículo único.- Se modifica el artículo 2 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía, Hacienda y Comercio, aprobado por Decreto 338/1995, de 12 de diciembre, que queda redactado en los siguientes términos:"Artículo 2.- Órganos.
1. La Consejería de Economía, Hacienda y Comercio, bajo la superior dirección del Consejero, se estructura en los siguientes órganos superiores:
a) Viceconsejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea.
b) Viceconsejería de Economía y Comercio.
c) Secretaría General Técnica.
d) Dirección General de Patrimonio y Contratación.
e) Dirección General de Asuntos con la Unión Europea.
f) Dirección General de Tributos.
g) Dirección General de Planificación y Presupuesto.
h) Dirección General de Promoción Económica.
i) Dirección General del Tesoro y Política Financiera.
j) Dirección General de Comercio.
k) Intervención General, con rango de Dirección General.
2. Dependen de la Viceconsejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea los siguientes órganos:
- Dirección General de Patrimonio y Contratación.
- Dirección General de Asuntos con la Unión Europea.
- Dirección General de Tributos.
3. Dependen de la Viceconsejería de Economía y Comercio los siguientes órganos:
- Dirección General de Planificación y Presupuesto.
- Dirección General de Promoción Económica.
- Dirección General del Tesoro y Política Financiera.
- Dirección General de Comercio.
4. Están integrados en la Consejería de Economía...
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