ORDEN de 26 de junio de 2012, por la que se dictan normas sobre elaboración y estructura de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2013.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Economía, Hacienda y Seguridad
Rango de LeyOrden

En los últimos años la CAC ha sufrido una disminución continuada de su financiación, como consecuencia de la crisis económica, que se ha concretado fundamentalmente en un descenso de los recursos percibidos a través del sistema de financiación de las comunidades autónomas y de los ingresos percibidos a través de los tributos propios no incluidos en el sistema de financiación. Esta situación de escasez de recursos económicos obliga más que nunca a elaborar unos presupuestos que den la máxima preeminencia posible a los principios de eficacia, eficiencia y economía. Esto es, la distribución de los recursos disponibles debe facilitar a la CAC el cumplimiento de sus objetivos, atendiendo a las competencias que le son propias y a las necesidades que plantea el contexto actual, debiéndose realizar de la manera más eficiente para poder así dar el mayor alcance posible a las diferentes demandas que se le plantean a la CAC.

De este modo, la elaboración del presupuesto para 2013 deberá cumplir con una doble misión: por un lado, asegurar la sostenibilidad financiera de los servicios públicos y cumplir con el objetivo de estabilidad y, por otro, orientar la distribución de los recursos económicos al alcance de resultados. En este contexto, el presupuesto para el próximo ejercicio deberá tomar como referencia, entre otras cuestiones, el límite de gasto no financiero establecido en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera y el Plan de Reequilibrio de la Comunidad Autónoma para 2012-2014, cuyas medidas han sido consideradas idóneas por el Consejo de Política Fiscal y Financiera de 17 de mayo de 2012.

Según el artículo 38 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria, corresponde al consejero competente en materia de hacienda establecer el procedimiento y los plazos para la elaboración de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Con base en ello, por medio de la presente Orden se inicia el procedimiento de elaboración del proyecto de Presupuestos para 2013, estableciéndose la información y los plazos en que la misma debe remitirse a la Dirección General de Planificación y Presupuesto por los distintos centros gestores. Se fijan también las estructuras que articulan toda la información presupuestaria, en el marco de lo establecido en la citada norma.

En consecuencia, en uso de las facultades que me han sido conferidas y de conformidad con lo previsto en los artículos 35 a 43 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria, se aprueban las siguientes normas sobre elaboración y estructura de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma para 2013.

CAPÍTULO I Artículos 1 a 11

PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS PARA 2013

Artículo 1 Ámbito de aplicación.

La presente Orden es de aplicación a los siguientes agentes:

  1. La Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

  2. Sus organismos autónomos.

  3. Las entidades públicas mencionadas en el artículo 2.d) de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria.

  4. Las entidades públicas empresariales a que se refiere el artículo 2.c) de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria.

  5. Las sociedades mercantiles públicas.

  6. Las fundaciones públicas autonómicas.

  7. Los consorcios dotados de personalidad jurídica a que se refieren los artículos 6.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 87 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, cuando uno o varios de los sujetos enumerados en este artículo hayan aportado mayoritariamente a los mismos dinero, bienes o industria, o se hayan comprometido en el momento de su constitución a financiar mayoritariamente dicho ente y siempre que sus actos estén sujetos directa o indirectamente al poder de decisión de un órgano de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Artículo 2 Tramitación.

Los agentes relacionados en el artículo anterior elaborarán sus propuestas de presupuestos de acuerdo con las directrices aprobadas por el Gobierno al efecto, como se establece en el artículo 38 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria.

Teniendo en cuenta estas propuestas, una vez analizadas las mismas conforme a las directrices de política presupuestaria dictadas por el Gobierno, y a la vista de la información suministrada por los centros directivos de la Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad y otros centros que gestionan los ingresos públicos, la Dirección General de Planificación y Presupuesto elaborará los estados de gastos e ingresos del anteproyecto de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para 2013.

Asimismo, considerando las propuestas que se remitan por los distintos departamentos, la Dirección General de Planificación y Presupuesto confeccionará la propuesta de texto articulado del anteproyecto de Ley.

Ultimadas las propuestas de los estados de ingresos y gastos y del texto articulado, tras el proceso de revisión y análisis presupuestario realizado por la Dirección General de Planificación y Presupuesto, el Consejero de Economía, Hacienda y Seguridad someterá al Gobierno el anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para 2013.

Artículo 3 Procedimiento y plazos para la información relativa a los gastos de personal.

El procedimiento y plazos para la remisión de la información son los que se detallan a continuación:

  1. La propuesta de gastos correspondientes al capítulo 1 "Gastos de personal" se formulará por las oficinas presupuestarias y unidades asimiladas, mediante la aplicación informática de gestión del Anexo de Personal de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias, de acuerdo con lo que se determina en los párrafos siguientes y las directrices técnicas que se recogen en el anexo VIII.

    El plazo para elaborar la propuesta de gastos del capítulo 1 "Gastos de personal" se extenderá del 3 al 20 de septiembre de 2012, ambos inclusive.

  2. Durante el plazo antes mencionado las oficinas presupuestarias y unidades asimiladas deberán grabar en la aplicación informática las dotaciones globales de los gastos de personal no afectos a los puestos de trabajo, sin aplicar variación alguna en la cuantía de las retribuciones vigentes a 1 de enero de 2012.

  3. Las oficinas presupuestarias y unidades asimiladas deberán comprobar que los...

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