ORDEN de 21 de junio de 2019, por la que se modifica la Orden de 22 de octubre de 2015, por la que se crea y regula la sede electrónica y el registro electrónico de esta Consejería.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Educación y Universidades
Rango de LeyOrden

El Decreto 19/2011, de 10 de febrero, por el que se regula la utilización de los medios electrónicos en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 32, de 14.2.11) establece en su artículo 26.1 que todos los departamentos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias deberán disponer de un servicio de registro electrónico para la recepción y remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones correspondientes a los procedimientos, servicios y actuaciones de su competencia.

En este sentido, mediante Orden de 22 de octubre de 2015 de la Excma. Sra. Consejera de Educación y Universidades se creó y reguló la sede electrónica y el registro electrónico de la Consejería de Educación y Universidades (BOC nº 207, de 23.10.15).

A la vista de la disposición citada en el primer párrafo, así como lo previsto en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2.10.15), y al objeto de no perjudicar los intereses legítimos de los usuarios del Registro Electrónico de este Departamento, se hace necesario modificar el contenido del artículo 16 de la referida Orden de 22 de octubre de 2015 en relación a los documentos admitidos y excluidos en el Registro Electrónico.

En la tramitación de esta Orden se ha dado cumplimiento a los principios de buena regulación a los que se refiere el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Así, la presente Orden es respetuosa con los principios de necesidad, eficacia y proporcionalidad, en tanto que con ella se consigue el fin perseguido de no perjudicar los intereses legítimos de los usuarios del Registro Electrónico de este Departamento. Asimismo, se da cumplimiento al principio de seguridad jurídica, al integrarse de forma coherente en el marco normativo autonómico en materia de administración electrónica, facilitando su conocimiento y comprensión por parte de sus destinatarios, así como los de transparencia, mediante su publicación en la sede electrónica departamental y de eficiencia, toda vez que evita cargas administrativas innecesarias o accesorias a la ciudadanía y...

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