ORDEN de 15 de abril de 2015, por la que se modifica la Orden de 3 de julio de 2006, sobre la tramitación de determinados expedientes de modificaciones de crédito y otras actuaciones con repercusión presupuestaria.
Fecha de Entrada en Vigor | 24 de Abril de 2015 |
Sección | I. DISPOSICIONES GENERALES |
Emisor | Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad |
Rango de Ley | Orden |
La Orden de 8 de noviembre de 2012, modificó el artículo 15 de la Orden de 3 de julio de 2006, sobre la tramitación de determinados expedientes de modificaciones de crédito y otras actuaciones con repercusión presupuestaria, al objeto de mejorar la cumplimentación de los formularios para la tramitación de los expedientes de variación de los presupuestos de las entidades con presupuesto estimativo mediante la utilización de medios informáticos.
La experiencia en la aplicación de la norma, por lo que se refiere al soporte de la información a través del sistema de información para la gestión económico-financiera de la Comunidad Autónoma de Canarias (SEFCAN) aconseja clarificar el contenido de la misma.
Además, mediante el Decreto 127/2014, de 23 de diciembre, de aprobación e implantación del Sistema de información económico-financiera y logística de la Comunidad Autónoma de Canarias, con la denominación SEFLOGIC viene a derogar el Decreto 146/2009, de 24 de noviembre, de aprobación y puesta en funcionamiento del sistema de información para la gestión económico-financiera de la Comunidad Autónoma de Canarias (SEFCAN) y para la gestión económico-financiera del Servicio Canario de la Salud (TARO).
Por otro lado, las Leyes de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma han introducido la competencia del titular del departamento de adscripción de los entes, además de la del Gobierno, en determinados casos en que se requiera autorización de las variaciones de los presupuestos de las entidades del sector público estimativo.
Por ello, en virtud de lo dispuesto en el artículo 53.3 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria y el artículo 19 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía y Hacienda, aprobado por el Decreto 12/2004, de 10 de febrero,
D I S P O N G O:
"Artículo 15. Documentación y tramitación de los expedientes de variación de los presupuestos de los entes con presupuesto...
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