ORDEN de 1 de abril de 2021, por la que se aprueba la modificación del Listado de Especies de Interés para la Acuicultura, conforme a lo establecido en el Decreto 102/2018, de 9 de julio, que aprueba el Plan Regional de Ordenación de la Acuicultura de Canarias (PROAC).

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería Agricultura, Ganadería y Pesca
Rango de LeyOrden

Vista la Propuesta de la Dirección General de Pesca, y en base a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- La acuicultura, tanto marina como continental, para la Unión Europea ha pasado a ser una prioridad, prueba de ello es la concepción que para este ámbito de actuación ha tenido el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP), así como la que tendrá el nuevo fondo en fase de aprobación, Fondo Europeo Marítimo de Pesca y Acuicultura (FEMPA) 2021-2027.

Han transcurrido más de doce años desde la elaboración del primer "Listado de Especies de Interés para la Acuicultura" que se estableció en el documento de Avance del Plan de Ordenación de la Acuicultura, aprobado por Orden de 10 de septiembre de 2008. La actividad acuícola ha sufrido grandes cambios científicos y tecnológicos a lo largo de estos años lo que ha propiciado un mayor conocimiento de las especies, tanto desde el punto de vista científico y de investigación, como sobre los medios de producción. Eso unido a las nuevas exigencias del mercado, tanto nacional, europeo, como internacional, obligan a una diversificación de especies, que dé respuesta a la amplia demanda existente.

Segundo.- Ante las razones expuestas, la Dirección General de Pesca considera oportuno y necesario modificar el Listado de Especies de Interés para la Acuicultura, establecido en el artículo 18 del documento denominado "Normativa" que se integra en el "Documento de Ordenación" del Plan Regional de Ordenación de la Acuicultura de Canarias aprobado por Decreto 102/2018, de 9 de julio (BOC nº 146, de 30.7.18), en el sentido de incluir especies autóctonas nativas, no modificadas genéticamente, en ciclo cerrado, económicamente viables y medioambientalmente sostenibles, y establecer la nueva "Relación de Especies de Interés para la acuicultura" que incluirá tanto las especies nuevas como la actualización de los datos de las especies que ya figuran en el mencionado listado.

Tercero.- La modificación del listado de especies de interés para la acuicultura pasará a ser parte integrante del Plan Regional de Ordenación de la Acuicultura de Canarias, sin que ello suponga la revisión del mencionado plan, por tanto, el procedimiento de modificación del listado especies, cuando de especies nativas se trate, ha de ser un procedimiento dinámico que responda con prontitud a las necesidades de cultivo de nuevas especies que abastecerán tanto la demanda del mercado...

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