DECRETO 342/1995, de 21 de diciembre, por el que se declara la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto de ¿Mejora y acondicionamiento. Ramal de la carretera TF-912 a La Restinga. Pp.kk. 9,500 y 10,100 al 10,500. Frontera. El Hierro¿.- Clave: 06-HI-268.

SecciónIII. OTRAS RESOLUCIONES
EmisorConsejería deObras Públicas, Vivienda y Aguas
Rango de LeyDecreto

Examinado el expediente incoado para la expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados por la realización del proyecto de ¿Mejora y acondicionamiento. Ramal de la carretera TF-912 a La Restinga. Pp.kk. 9,500 y 10,100 al 10,500. Frontera. El Hierro¿, y teniendo en cuenta que se acreditan en el mismo los requisitos legales exigidos para producir tal declaración de urgencia que se contraen a: 1. La utilidad pública y la necesidad de ocupación de los bienes y la adquisición de los derechos afectados por la expropiación, resulta implícita en la aprobación del proyecto de referencia, a tenor de lo establecido en el apartado uno del artículo 13 de la Ley 9/1991, de 8 de mayo, de Carreteras de Canarias. 2. La excepcionalidad que motiva la urgencia en la ocupación de los bienes y derechos afectados se deriva de la precariedad estructural de la obra de fábrica sobre el Barranco de la Vieja, la cual hubo de ser demolida tras las significadas deformaciones producidas por la colocación de una máquina de las empleadas en obras públicas de un peso aproximado de 15 tm; máxime teniendo en cuenta que aproximadamente un 8% de la intensidad media diaria (IMD) de circulación está constituido por vehículos pesados, con cargas máximas autorizadas de 38 tm. Asimismo, el rápido incremento producido hasta una IMD de 467 vehículos/día, consecuencia de la importancia adquirida por el Puerto de La Restinga como generador del transporte de pesca dentro de la isla, exige acometer con inmediatez el ensanche del tramo a rectificar, para evitar el efecto de cuello de botella que viene originando. 3. Se ha tramitado expediente de información pública, según lo establecido en los artículos 18 y siguientes de la Ley de Expropiación Forzosa, publicándose anuncios en el Boletín Oficial de Canarias nº 129, de 6 de octubre de 1995, en varios periódicos de la provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Frontera, no habiéndose presentado alegación alguna. Vistos el artículo 52 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa y los artículos 56 y siguientes del Reglamento para su desarrollo, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Vivienda y Aguas, y previa deliberación del...

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