DECRETO 11/1991, de 29 de enero, por el que se declara la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto ¿Variante Pasito Blanco, autopista GC-1. Tramo: Pasito Blanco-Arguineguín (Gran Canaria)¿.- Clave: 01-GC-027.

SecciónIII. OTRAS RESOLUCIONES
EmisorAyuntamiento de Teguise (Lanzarote)
Rango de LeyDecreto

Examinado el expediente incoado al efecto por la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas, para la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por las obras comprendidas en el proyecto ¿Variante Pasito Blanco, autopista GC-1. Tramo: Pasito Blanco-Arguineguín (Gran Canaria)¿.- Clave: 01-GC-027, y teniendo en cuenta que se acreditan en el mismo los requisitos legales exigidos para producir tal declaración de urgencia que se contraen a:

1.- La utilidad pública resulta implícita en la aprobación definitiva del proyecto de referencia, a tenor de lo establecido en el artículo 8 de la Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras, que se declara de aplicación de conformidad con lo prevenido en el artículo 4 de la Ley Territorial 2/1989, de 15 de febrero, de Normas Provisionales de Carreteras para Canarias.

2.- La necesidad de ocupación de los bienes y derechos por su destino al uso público y su urgencia motivada por las demandas formuladas por la población de la isla de Gran Canaria, de resolver el grave problema de comunicación con la zona turística del sur, y evitar los numerosos atascos que se vienen produciendo en el actual tramo de Pasito Blanco-Arguineguín.

3.- Se ha oído a los titulares de los bienes y derechos afectados mediante publicación de anuncio en el Boletín Oficial de Canarias nº 40, de 2 de abril de 1990, en el periódico La Provincia, de 28 de marzo de 1990, y en los tablones de anuncios de los Ayuntamientos de Mogán y San Bartolomé de Tirajana, habiéndose presentado dentro de plazo cuatro alegaciones, una de ellas del Ayuntamiento de Mogán dando, mediante Acuerdo Plenario, absoluta conformidad a la ejecución de las obras, y las tres restantes, desestimadas por resolución de la Consejería de Obras Públicas, Vivienda y Aguas, de 21 de junio de 1990.

Visto el artículo 52 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa y los artículos 56 y siguientes del Reglamento para su desarrollo, a propuesta del Consejero de Obras Públicas, Vivienda y Aguas, y previa deliberación del Gobierno en su sesión del día 29 de enero de 1991,

D I S...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR