DECRETO 115/2008, de 27 de mayo, por el que se declara la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa derivada de la ejecución, en la isla de Tenerife, del proyecto denominado 'Modificado nº 2 de las obras del Tercer carril de la Autopista TF-1. Tramo: Santa Cruz de Tenerife-Güímar. P.K. 0,000 al P.K. 20,400'.

SecciónIII. OTRAS RESOLUCIONES
EmisorConsejería de Obras Públicas y Transportes
Rango de LeyDecreto

Examinado el expediente administrativo instruido por la Secretaría General Técnica de la Consejería de Obras Públicas y Transportes para declarar la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa derivada de la ejecución del proyecto denominado "Modificado nº 2 de las obras del Tercer carril de la autopista TF-1. Tramo: Santa Cruz de Tenerife-Güímar. P.K. 0,000 al P.K. 20,400", y teniendo en cuenta que se acreditan los requisitos exigidos para aprobar tal declaración, que se ciñen a los siguientes:

  1. ) La utilidad pública y la necesidad de ocupación de los bienes y la adquisición de los derechos afectados por la expropiación forzosa, que resulta implícita en la aprobación del proyecto de referencia por el Consejero de Infraestructuras, Transportes y Vivienda, el 2 de abril de 2007, a tenor de lo establecido en el artículo 13.1 de la Ley territorial 9/1991, de 8 de mayo, de Carreteras de Canarias.

  2. ) La urgencia, que se basa en la imposibilidad de culminar la obra principal, actualmente en ejecución, mientras no se disponga de los terrenos afectados por el proyecto modificado nº 2. En efecto, la obra denominada "Tercer carril de la autopista TF-1. Tramo: Santa Cruz de Tenerife-Güímar. P.K. 0,000 al P.K. 20,400" se encuentra actualmente en ejecución y está incluida en el Convenio suscrito el 16 de abril de 1997 entre el Ministerio de Fomento y el Gobierno de Canarias en materia de carreteras. Una vez iniciados los trabajos se hizo evidente la necesidad de introducir determinadas modificaciones en las definiciones del proyecto original (trabajos nocturnos, cambios en algunas estructuras y modificación del sistema de enlaces y vías auxiliares en la zona situada entre los enlaces de Hoya Fría y Radazul), lo que motivó la aprobación del proyecto modificado nº 1 por el Consejero de Infraestructuras, Transportes y Vivienda con fecha 9 de septiembre de 2005, habiéndose declarado la urgente ocupación de los bienes afectados por las expropiaciones mediante el Decreto 34/2006, de 18 de abril. Posteriormente ha surgido la necesidad de introducir nuevas modificaciones en las definiciones del proyecto, derivadas de garantizar la capacidad de desagüe de algunas obras de drenaje transversal y de facilitar accesos a zonas anejas a la autopista a través de una vía de servicio.

    La urgencia de la ocupación de los terrenos necesarios para las obras del proyecto modificado nº 2 nace de las mismas causas que motivaron que por...

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