DECRETO 22/1990, de 7 de febrero, por el que se declara urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa iniciada por el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, con motivo de las obras del 'Proyecto de construcción de una vía de acceso al Barrio de Capellanía'.

SecciónIII. OTRAS RESOLUCIONES
EmisorC.la Presidencia
Rango de LeyDecreto

Examinado el expediente tramitado a instancia del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, para declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa iniciada con motivo de la realización de las obras del "Proyecto de construcción de una vía de acceso al Barrio de Capellanía", teniendo en cuenta la acreditación que, de los requisitos exigidos para aprobar tal declaración, se hace en dicho expediente, como son:

1.- La necesidad de la ocupación de los bienes y derechos afectados por su destino al uso público y su urgencia, motivada por la necesidad de solucionar la accesibilidad al Barrio de Capellanía, mediante la ejecución de viales.

2.- La definición y situación de los bienes y derechos afectados por las obras resultan idóneas para el objeto pretendido, según se desprende del expediente aportado por el Ayuntamiento.

3.- Se ha oído a los titulares de los bienes y derechos afectados, en el periodo de información pública (Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas de 28 de agosto de 1989), sin que se hubieran producido reclamaciones.

En el ejercicio de la competencia prevista en el apartado B.4.3, anexo I del Real Decreto 2.613/1982, de 24 de julio, y los artículos 94 y 110 del Decreto 462/1985, de 14 de noviembre, del Gobierno de Canarias, en relación con los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 56 de su Reglamento, a propuesta del Consejero de la Presidencia y previa deliberación del Gobierno en su reunión celebrada el día 7 de febrero de 1990.

SE ACUERDA

Uno.- Declarar, a solicitud del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por las obras del "Proyecto de construcción de una vía de acceso al Barrio de Capellanía".

Los bienes y derechos cuya ocupación se declara urgente quedan descritos, de forma individualizada y con indicación de sus titulares, en el anexo del presente Decreto.

Dos.- Los interesados podrán formular, ante el organismo expropiante y hasta el momento del Levantamiento de las correspondientes Actas Previas, alegaciones a los únicos efectos de subsanar posibles errores materiales en la enumeración o descripción de los bienes o derechos afectados.

Tres.- Contra el presente...

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