DECRETO 142/1993, de 30 de abril, por el que se declara urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa iniciada por la Consejería de Economía y Hacienda del Gobierno de Canarias, con motivo de la ampliación de la sede del Parlamento Autonómico.

SecciónIII. OTRAS RESOLUCIONES
EmisorConsejería de Presidencia
Rango de LeyDecreto

Examinado el expediente tramitado por la Consejería de Economía y Hacienda para declarar urgente la ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa iniciada con motivo de la adquisición de bienes inmuebles necesarios colindantes con el Edificio-Sede del Parlamento de Canarias para su ampliación; y teniendo en cuenta que se acreditan en el mismo los requisitos legales exigidos para producir tal declaración de urgencia, que se contraen a:

1.- La utilidad pública declarada por la Ley Territorial 2/1992, de 26 de junio (B.O.C. nº 87, de 29 de junio de 1992) de conformidad con lo preceptuado en el artículo 11 de la Ley de Expropiación Forzosa.

2.- La necesidad de ocupación con carácter urgente de los bienes inmuebles colindantes a la sede del Parlamento, afectados por su destino al uso público, viene motivada por las serias deficiencias de espacio del edificio-sede, que lo hacen insuficiente para albergar las dependencias administrativas y políticas, y, por tanto, para desarrollar eficazmente las competencias que tiene asignadas.

3.- La definición y situación de los bienes y derechos afectados resultan idóneos para la finalidad que se pretende, así como para resolver la necesidad de que el Parlamento cuente con una salida en su lado sur, hacia la calle del Castillo.

4.- Se ha oído a los titulares de los bienes y derechos afectados, mediante información pública tramitada según lo prevenido en el artículo 18 y siguientes de la vigente Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, como precedente de la declaración sobre urgente ocupación de los bienes y derechos afectados, publicándose el 30 de noviembre de 1992 anuncios en el Boletín Oficial de Canarias nº 165, en el periódico ¿La Jornada Deportiva¿ y en el tablón de anuncios del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife durante un periodo de quince días hábiles. En el citado periodo se presentaron alegaciones por cinco interesados que fueron vistas y, en su caso, rebatidas por la Dirección General de Patrimonio y Contratación de la Consejería de Economía y Hacienda, sin perjuicio de que las mencionadas alegaciones puedan ser tenidas en cuenta en fase posterior de perfeccionamiento del expediente, en el supuesto de resultar acreditada documentalmente la condición de afectados por parte de los alegantes.

Visto el artículo 52 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa y los artículos 56 y siguientes de su...

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