DECRETO 80/1998, de 28 de mayo, por el que se modifican determinados preceptos del Decreto 82/1994, de 13 de mayo, que regula la creación, organización y funcionamiento de los Centros del Profesorado (B.O.C. nº 65, de 27.5.94).

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Educación, Cultura y Deportes
Rango de LeyDecreto

La entrada en vigor del Decreto 82/1994, de 13 de mayo, por el que se regulan la creación, organización y funcionamiento de los Centros del Profesorado, supuso la puesta en práctica de un modelo de CEP fundamentado en la participación efectiva de los enseñantes en el funcionamiento y en el diseño de las actividades de los mismos. El lapso de tiempo transcurrido desde entonces ha consolidado ese modelo y ha puesto también de manifiesto la aceptación del mismo por parte del profesorado. Sin embargo, también ha puesto de manifiesto la necesidad y oportunidad de proceder a una modificación parcial y puntual del mismo superando criterios restrictivos, así como disfunciones en la composición y operatividad y funcionamiento de los diferentes órganos de gobierno y de dirección.

En este sentido, se propone reducir el período de experiencia docente previa para el acceso a la dirección, generalizar la participación de todos los centros educativos en el Consejo General del CEP a través de los coordinadores de formación, independientemente de las unidades con las que cuente el centro, ampliar la duración del mandato de los miembros de los órganos de gobierno colegiados, aumentar la representación de la Administración educativa en el Consejo de Dirección y dotar de carácter electivo a los miembros del Consejo General que forman parte de la comisión de evaluación de los asesores miembros de los equipos pedagógicos.

Como consecuencia de todo ello, se considera conveniente eliminar aquellas restricciones reveladas innecesarias y, por tanto, proceder a la correspondiente modificación del Decreto citado.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deportes y previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 28 de mayo de 1998,

D I S P O N G O:

Artículo único.- Se modifica el Decreto 82/1994, de 13 de mayo, por el que se regulan la creación, organización y funcionamiento de los Centros del Profesorado en los términos citados en los siguientes apartados:

A) El primer inciso del apartado 2 del artículo 9 queda redactado en los siguientes términos:

¿Su mandato será de cuatro años, pudiendo ser prorrogado directamente por la Administración educativa, en ausencia de candidato electo y por el período de un año dándose cuenta de esta prórroga al Consejo General. Cesará en sus funciones al término de su mandato o al producirse algunas de las siguientes causas.¿

B) La letra b) del apartado 3 del...

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