decreto 54/2002, de 6 de mayo, de modificación del decreto 215/1998, de 20 de noviembre, por el que se crea el instituto canario de seguridad laboral.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Empleo y Asuntos Sociales
Rango de LeyDecreto

El Decreto 215/1998, de 20 de noviembre, publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 152, de 4 de diciembre, crea, en la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales, el Instituto Canario de Seguridad Laboral, como órgano competente en materia de prevención de riesgos laborales en el ámbito competencial de la administración laboral, al tiempo que determina sus funciones, organización, funcionamiento y régimen económico.

Transcurridos tres años desde su creación, la labor que viene desarrollando el Instituto Canario de Seguridad Laboral, en materia de promoción y asesoramiento de la prevención de riesgos laborales, ha corroborado el acierto de su existencia, fomentando e impulsando actuaciones que venían siendo demandadas por la sociedad canaria; acierto que, indudablemente, viene dado por la composición de sus órganos rectores, en los que se encuentran representados la Administración y los sectores implicados en la lucha contra la siniestralidad laboral.

Sin embargo, la experiencia adquirida y la modificación de determinadas normas autonómicas que afectan a la composición de los órganos rectores del Instituto Canario de Seguridad Laboral, ha revelado la conveniencia de modificar dicha composición.

En tal sentido, aflora, por un lado, la necesidad de incluir en la composición de la Comisión Permanente del Consejo Rector del Instituto, una Vicepresidencia de carácter técnico que permita la agilización de su funcionamiento, y por otro, la supresión, tanto, en el Pleno como en la Comisión Permanente, de las Direcciones Territoriales de Trabajo operada a través del Decreto 138/2000, de 10 de julio, por el que se modifica el Decreto 329/1995, de 24 de noviembre, que aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales (B.O.C. nº 108, de 17 de agosto).

Por último, la diaria gestión económica del presupuesto del Instituto Canario de Seguridad Laboral ha puesto de manifiesto que la deseada agilización con un sistema económico diferenciado no ha dado el resultado deseado, por lo que se contempla la supresión de su autonomía en la gestión económica.

En su virtud, a propuesta conjunta de los Consejeros de Empleo y Asuntos Sociales y de Presidencia e Innovación Tecnológica, oído el Pleno del Consejo Rector del Instituto Canario de Seguridad Laboral, y previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 6 de mayo de 2002,

D I S P O N G O:

Artículo único.- Se...

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