DECRETO 284/1997, de 10 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 239/1997, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Presidencia del Gobierno.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorPRESIDENCIA DEL GOBIERNO
Rango de LeyDecreto
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Por Real Decreto 2.462/1996, de 2 de diciembre (B.O.E. y B.O.C. de 20 de diciembre), se traspasan a la Comunidad Autónoma de Canarias las funciones en materia de provisión de medios materiales y económicos para el funcionamiento de la Administración de Justicia y por Real Decreto 2.463/1996, de 2 de diciembre (B.O.E. y B.O.C. de 20 de diciembre), se traspasan las funciones y servicios en materia de provisión de medios personales al servicio de la Administración de Justicia.

Por Decreto 308/1996, de 23 de diciembre (B.O.C. de 28 de diciembre), se asignan a la Presidencia del Gobierno las funciones traspasadas de la Administración del Estado en las materias mencionadas.

La incorporación de los servicios traspasados ha representado un impacto que multiplica casi por diez el personal del Departamento y triplica su presupuesto, lo que indudablemente requiere de un esfuerzo de adaptación organizativa, que aproveche la estructura administrativa y la experiencia de gestión de los propios servicios traspasados, modificando a tal fin el vigente Reglamento Orgánico de la Presidencia del Gobierno, aprobado por Decreto 239/1997, de 30 de septiembre (B.O.C. de 17 de octubre).

Vistos los artículos 27.4 y 28.1.b) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias y demás preceptos de aplicación.

Por todo ello, a propuesta conjunta del Presidente y del Consejero de Presidencia y Relaciones Institucionales, y previa deliberación del Gobierno en su reunión celebrada el día 10 de diciembre de 1997,

D I S P O N G O:

Artículo único El Decreto 239/1997, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Presidencia del Gobierno, se modifica en los artículos 1, 12 y 13, y se introduce el artículo 12 bis, en los siguientes términos:
Artículo 1 Sus apartados 1 y 3 quedan con la siguiente redacción:

¿1. La Presidencia del Gobierno, bajo la superior dirección del Presidente, se estructura en los siguientes órganos:

  1. Vicepresidente del Gobierno;

  2. Viceconsejería del Portavoz del Gobierno;

  3. Viceconsejería de Justicia y Seguridad;

  4. Gabinete del Presidente, con rango de Dirección...

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