DECRETO 132/2011, de 17 de mayo, por el que se modifica el Decreto 104/2002, de 26 de julio, de Ordenación de la Gestión de Residuos Sanitarios.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Sanidad
Rango de LeyDecreto

El Decreto 104/2002, de 26 de julio, de Ordenación de la Gestión de Residuos Sanitarios, fue aprobado al objeto de cubrir, en su momento, el vacío legal existente en el ámbito estatal con respecto al régimen de gestión aplicable a determinados residuos hospitalarios y clínicos que la Directiva 91/689/CEE, del Consejo, de 12 de diciembre de 1991, relativa a los residuos peligrosos y el Real Decreto 952/1997, de 20 de junio, por el que se modifica el Reglamento para la Ejecución de la Ley 20/1986, de 14 de mayo, Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos, aprobado mediante Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, califican de peligrosos. Se hacía necesario establecer una normativa que permitiera llevar a cabo una gestión integral de los residuos sanitarios en la Comunidad Autónoma de Canarias, siguiendo el criterio de la Ley 1/1999, de 29 de enero, de Residuos de Canarias, que dispone que podrán establecerse normas específicas para algún tipo determinado de residuos, siempre en consonancia con la normativa básica del Estado y de desarrollo que dicte la Comunidad Autónoma. Así, el texto normativo tiene por objeto regular la gestión de los residuos sanitarios generados en la actividad de los distintos centros sanitarios, a fin de garantizar la protección de la salud pública, la defensa del medio ambiente y la preservación de los recursos naturales.

El citado Decreto establece, en su artículo 10.2, que "el tratamiento y la eliminación de los residuos, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias, solo se podrá realizar en las instalaciones dispuestas a tal fin en los Complejos Ambientales de residuos o Centros Hospitalarios".

En nuestra Comunidad Autónoma no existe infraestructura ni métodos ambientalmente adecuados para el tratamiento y la eliminación de los distintos residuos sanitarios, lo que hace que la logística y los costes de gestión sean elevados, teniendo en cuenta, asimismo, la gran generación producida por los centros pertenecientes al Servicio Canario de la Salud y por otros centros de producción como clínicas y centros de tratamiento privados, centros de salud, centros veterinarios, etc. Con respecto a estos residuos es necesario mantener una política estricta en materia de gestión, que comprende las operaciones de recogida, transporte, almacenamiento temporal y entrega a plantas de tratamiento en otras comunidades autónomas a través de gestor autorizado, o...

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