DECRETO 39/1995, de 10 de marzo, por el que se regulan los Premios de Educación e Inventiva para alumnos de Educación General Básica y Enseñanza Primaria y de Enseñanzas Medias y Enseñanza Secundaria.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorC.Educación, Cultura y Deportes
Rango de LeyDecreto

El Decreto 146/1988, de 22 de septiembre, instituyó los Premios de Educación e Inventiva para alumnos de Educación General Básica y de Enseñanzas Medias. En las sucesivas ediciones celebradas hasta la fecha, los correspondientes jurados han ido aportando sugerencias de modificación a efectos de propiciar la participación en las convocatorias anuales. Por ello, es necesario modificar algunos aspectos del Decreto 146/1988, de 22 de septiembre, introduciendo las sugerencias de los distintos jurados de anteriores ediciones, consistentes en la distribución más equitativa de los premios, la creación de menciones honoríficas y la posibilidad de que expertos en las materias relacionadas con los trabajos, intervengan como asesores especializados. De igual forma, es necesario ampliar la participación al conjunto de alumnos que cursan enseñanzas según el nuevo sistema educativo y, al propio tiempo, modificar algunas cuestiones procedimentales de las convocatorias. En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deportes y previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 10 de marzo de 1995, D I S P O N G O: Artículo 1.- Es objeto del presente Decreto la regulación de los Premios de Educación e Inventiva para alumnos de Educación General Básica y Enseñanza Primaria y de Enseñanzas Medias y Enseñanza Secundaria, en la forma prevista en los artículos siguientes. Artículo 2.- Se instituyen los Premios de Educación e Inventiva para estimular a las nuevas generaciones canarias en la labor creadora que permita incrementar el acervo cultural propio. Podrán participar en las convocatorias los alumnos de Educación General Básica y Enseñanza Primaria y de Enseñanzas Medias y Enseñanza Secundaria. Artículo 3.- El contenido de los trabajos presentados a cada concurso anual en ambas modalidades es de tema totalmente libre. Especial consideración tendrán las actividades que conllevan la investigación y el descubrimiento en el aspecto histórico, arqueológico, artístico o costumbrista que, enriqueciendo nuestro acervo cultural, contribuyan a facilitar la identidad de nuestro pueblo. También se valorará la capacidad de invención en el campo tecnológico y científico. Artículo 4.- La convocatoria del concurso se hará por Orden de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes. Artículo 5.- 1. A los Premios de Educación e Inventiva para alumnos de Enseñanza General Básica y Enseñanza Primaria y de Enseñanzas Medias y Enseñanza Secundaria podrán...

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