DECRETO 73/2000, de 8 de mayo, por el que se crea el Foro Canario de la Inmigración, se regula su composición, organización y funcionamiento y se modifica el Decreto 329/1995, de 24 de noviembre, que aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Empleo y Asuntos Sociales
Rango de LeyDecreto

La Constitución Española, en su artículo 148, prevé el que las Comunidades Autónomas puedan asumir competencias exclusivas en materia de asistencia social.

Con base en esta previsión del texto constitucional, el Estatuto de Autonomía de Canarias determina, en su artículo 30.13, la competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma en materia de asistencia social y servicios sociales.

Como consecuencia de ello, surge la Ley territorial 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales, con el fin de garantizar el derecho de todos los ciudadanos a los servicios sociales, facilitando su acceso a los mismos, orientados a evitar y superar conjuntamente con otros elementos del régimen público de bienestar social, la situación de necesidad y marginación social que presenten individuos, grupos y comunidades en el territorio canario, favoreciendo el pleno y libre desarrollo de éstos.

En el artículo 3 de la citada Ley, se establece que tienen derecho a los servicios sociales regulados en la misma, además de los españoles, los refugiados, asilados y apátridas así como la población extranjera residente y transeúnte, en los términos que las normas legales y reglamentarias y los convenios internacionales ratificados por España determinen, o, en su defecto, en el régimen y con la extensión que por el Gobierno de Canarias reglamentariamente se establezca.

Por su parte, en el ámbito de la Administración General del Estado, el Real Decreto 490/1995, de 7 de abril, crea el Foro para la Integración Social de los Inmigrantes legalmente establecidos, como órgano consultivo de ámbito nacional, adscrito al Ministerio de Asuntos Sociales, con la finalidad de promover la participación e integración social de éstos en la sociedad española. Posteriormente, y con el mismo fin, se han ido constituyendo otros órganos de análoga naturaleza en diferentes Comunidades Autónomas.

En la línea del principio de cooperación de las Administraciones Públicas, el día 30 de diciembre de 1998, se suscribió un Convenio de colaboración por parte del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Canarias con la finalidad de desarrollar actuaciones conjuntas en materia de atención a inmigrantes, refugiados, solicitantes de asilo y desplazados, estableciéndose, en su cláusula segunda, como una de las actuaciones prioritarias a desarrollar, el que la Comunidad Autónoma de Canarias creara un órgano que sirviera de cauce de participación, consulta y diálogo de las entidades e instituciones implicadas en el proceso de integración social de los inmigrantes, refugiados, solicitantes de asilo y desplazados, residentes en el territorio autonómico.

Por todo lo expuesto, en atención a las competencias que ostenta la Comunidad Autónoma de Canarias y a la necesidad de disponer del referido órgano de participación y diálogo, procede la creación de un Foro Canario de la Inmigración, en el marco del principio de participación que inspira a la Ley Territorial 9/1987, de 28 de abril, de Servicios Sociales, y en la línea de la cooperación entre las Administraciones Públicas y las organizaciones y agentes...

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