DECRETO 43/2013, de 4 de abril, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del año 2013 para el ingreso y acceso a los cuerpos de funcionarios docentes no universitarios en la Comunidad Autónoma de Canarias.

SecciónIII. OTRAS RESOLUCIONES
EmisorConsejería de Presidencia, Justicia e Igualdad
Rango de LeyDecreto

El régimen de la oferta de empleo público en la Comunidad Autónoma de Canarias viene determinado en el artículo 70 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y en el artículo 70 de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su Disposición Adicional Duodécima, contiene normas que junto con las recogidas en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, constituyen, entre otras, las bases del régimen estatutario de los funcionarios docentes.

El Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación, dispone, como requisito previo a las convocatorias para la provisión de plazas, la publicación por las Administraciones educativas de las respectivas ofertas de empleo.

En este sentido, la Ley 10/2012, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2013 autoriza en el apartado segundo de su artículo 50, para el personal docente no universitario, la aprobación de una Oferta de Empleo Público por un número de plazas que podrá alcanzar, como máximo, el 10 por 100 de la tasa de reposición de efectivos, respetando en todo caso las disponibilidades presupuestarias del capítulo 1.

Por otro lado, el mismo precepto legal establece la posibilidad de proponer la acumulación de las plazas resultantes de la aplicación de la tasa de reposición correspondiente a cada sector, en aquellos cuerpos, escalas, subescalas o categorías cuya cobertura se considere prioritaria, o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales.

En este sentido, mediante Acuerdo del Gobierno de Canarias reunido en Consejo celebrado el 27 de marzo de 2013, se resolvió declarar prioritaria la cobertura de las plazas vacantes existentes en los Cuerpos docentes no universitarios al servicio de la Administración educativa de la Comunidad Autónoma de Canarias. Asimismo, el Gobierno de Canarias acordó acumular a la tasa de reposición de efectivos del sector de personal docente no universitario que presta servicios en la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, las tasas de...

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