ORDEN de 14 de mayo de 1996, por la que se delega en el Viceconsejero de Relaciones Institucionales la concesión de ayudas específicas de carácter humanitario a emigrantes canarios en el exterior contempladas en la aplicación presupuestaria 08.12.112P.490.00 ¿Ayudas a los emigrantes canarios en el exterior para...

SecciónIII. OTRAS RESOLUCIONES
EmisorConsejería de Presidencia y Relaciones Institucionales
Rango de LeyOrden

Examinado el expediente tramitado por la Viceconsejería de Relaciones Institucionales, para la concesión de ayudas humanitarias con objeto de atender casos urgentes y graves en relación a los emigrantes canarios en el exterior.

Teniendo en cuenta los siguientes

  1. ANTECEDENTES

    1. ) Es de general conocimiento la grave situación económica y social que atraviesan los países de Sudamérica, situación que ha afectado a nuestra colonia de emigrantes en estos países. En este sentido, se hizo una petición por parte de los representantes de las Entidades Canarias en el Exterior, en el Pleno del Consejo de estas Entidades, celebrado el día 13 de noviembre de 1995, para que se habilitara un crédito presupuestario con objeto de atender casos graves y urgentes.

    2. ) Entre las competencias que otorga el Decreto 321/1995, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales, a la Viceconsejería de Relaciones Institucionales, se encuentra en su artículo 15.1.c) la asistencia y apoyo a los emigrantes canarios y a sus descendientes.

    3. ) En la aplicación presupuestaria 08.12.112P.490.00 ¿Ayudas a los emigrantes canarios en el exterior para necesidades económicas o médicas¿, se contempla un crédito de 3.000.000 de pesetas para atender estos casos urgentes y graves de nuestros emigrantes.

  2. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

    Primera.- El artículo 5 del Decreto 6/1995, de 27 de enero, por el que se establece el régimen general de las ayudas y subvenciones de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, dispone que ¿son órganos competentes para conceder ayudas y subvenciones, los titulares de los Departamentos de la Administración Autonómica¿.

    Segunda.- El artículo 3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece que ¿Las Administraciones Públicas sirven con objetividad los intereses generales y actúan de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento pleno a la Constitución, a la Ley y al Derecho¿.

    Tercera.- La citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su artículo 13.1 dispone que ¿En cada Administración Pública se podrá acordar la delegación del ejercicio de competencias atribuidas a...

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