ORDEN de 9 de abril de 2011, por la que se convoca la concesión de becas para estancias formativas en grupo en países de habla inglesa del alumnado matriculado en 6º de Educación Primaria y para la realización de cursos de lengua inglesa, francesa o alemana en el extranjero para el alumnado matriculado en 4º de ESO, Bachillerato o Ciclos Formativos durante el verano de 2011.

SecciónIII. OTRAS RESOLUCIONES
EmisorConsejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes
Rango de LeyOrden

Examinada la iniciativa de la Dirección General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa para la convocatoria de becas de estancias formativas para grupos de alumnado matriculado en 6º de Educación Primaria en países de habla inglesa y para la realización de cursos de lengua inglesa, francesa o alemana en el extranjero para el alumnado matriculado en 4º de ESO, Bachillerato o Ciclos Formativos durante el verano de 2011, y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Contribuir a mejorar el aprendizaje de la lengua y cultura extranjera constituye uno de los objetivos educativos prioritarios de la Unión Europea, por ello se incluye dentro de los objetivos específicos del programa de trabajo Educación y Formación en Europa.

Segundo.- El Gobierno de Canarias, a través de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, para elevar el nivel de competencia lingüística del alumnado en el uso de las lenguas extranjeras, ha puesto en marcha diversas acciones dirigidas a mejorar su aprendizaje.

Tercero.- En la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), se adquiere un compromiso decidido con los objetivos planteados por la Unión Europea para los próximos años, entre los cuales se encuentra la apertura del sistema educativo al mundo exterior, lo que exige, entre otros aspectos, mejorar el aprendizaje de lenguas extranjeras, aumentando la movilidad y los intercambios.

Cuarto.- Conscientes de que el alumnado capaz de comunicarse en varias lenguas tendrá mejores oportunidades de empleo y que para lograrlo es necesario un período de aprendizaje en los países correspondientes, el Gobierno de Canarias continúa en el año 2011 convocando becas para realizar estancias formativas y cursos de idiomas en el extranjero durante los meses de verano, apoyando a las familias canarias en la financiación de los costes de desplazamiento, estancia y curso.

Quinto.- Por Orden de 21 de marzo de 2011, de esta Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, se ha aprobado el Plan Estratégico de Subvenciones para el año 2011, donde se contemplan las líneas de actuación presupuestaria que sustentan la presente convocatoria de becas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- A la presente convocatoria le será de aplicación con carácter de legislación básica la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº 276, de 18 de noviembre) y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 (BOE nº 176, de 25 de julio), así como el Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 68, de 8 de abril).

Segundo.- El apartado 1 del artículo 9 del citado Decreto 36/2009, de 31 de marzo, establece que corresponde a los titulares de los Departamentos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma establecer las oportunas bases reguladoras de la concesión, a propuesta de la Secretaría General Técnica.

Tercero.- De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 31 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias (BOC nº 96, de 1 de agosto), en relación con el apartado 1 del artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE nº 285, de 27 de noviembre) en su redacción actual, relativo a la delegación de competencias que se efectúa en la persona titular de la Dirección General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa.

De acuerdo con todo lo anterior, en ejercicio de las competencias atribuidas en el artículo 29, apartado 1, letra j), de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias (BOC nº 96, de 1 de agosto), el artículo 5, apartado 1, letra c) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, aprobado por el Decreto 113/2006, de 26 de julio (BOC nº 148, de 1 de agosto) y el Decreto 208/2007, de 13 de julio, del Presidente, de nombramiento como Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias (BOC nº 141, de 14 de julio), a propuesta de la Secretaria General Técnica,

R E S U E L V O:

Primero.- Convocar becas, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, dirigidas al alumnado de 6º de Educación Primaria de la Comunidad Autónoma de Canarias, matriculado en el curso 2010-2011 en centros públicos y centros privados concertados, para estancias formativas en grupo, en países de habla inglesa del 15 de junio al 15 de julio de 2011 (Modalidad A).

Segundo.- Convocar becas, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, dirigidas al alumnado de la Comunidad Autónoma de Canarias, matriculado en el curso 2010-2011 en 4º de ESO, Bachillerato o Ciclos Formativos, en centros públicos o en centros privados concertados, siempre y cuando el nivel que curse el alumno o alumna esté incluido en el concierto educativo, al objeto de que realice cursos de lengua inglesa, francesa o alemana en el extranjero durante el verano de 2011 (Modalidades B y C).

Tercero.- Aprobar y publicar en el Boletín Oficial de Canarias las bases que han de regir en la presente convocatoria y que figuran como anexo I y anexo II y los modelos normalizados de los anexos III a VIII a esta Orden.

Cuarto.- Delegar en la persona titular de la Dirección General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa la resolución de la presente convocatoria y de los diferentes procedimientos relacionados con la misma. La resolución administrativa que se adopte en virtud de esta delegación, indicará expresamente esta circunstancia y se considerará dictada por la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes.

Se autoriza igualmente a la Dirección General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa para aplicar y desarrollar lo dispuesto en la presente Orden.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, significándole que en caso de interponer recurso potestativo de reposición, no podrá acudir a la vía contencioso-administrativa hasta que aquel sea resuelto expresamente o desestimado por silencio administrativo en el plazo de un mes a contar desde que hubiera sido interpuesto el citado recurso. Todo sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime interponer.

Santa Cruz de Tenerife, a 9 de abril de 2011.

LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN,

UNIVERSIDADES, CULTURA Y DEPORTES,

Milagros Luis Brito.

A N E X O I

BASES DE LA CONVOCATORIA DE LA MODALIDAD A) PARA LA CONCESIÓN DE BECAS PARA ESTANCIAS FORMATIVAS EN GRUPO EN PAÍSES DE HABLA INGLESA DEL ALUMNADO MATRICULADO EN 6º DE EDUCACIÓN PRIMARIA.

Primera.- Objeto.

  1. Se convocan becas destinadas al alumnado matriculado en 6º de Educación Primaria, para realizar estancias formativas en grupo en países de habla inglesa, del 15 de junio al 15 de julio de 2011.

  2. Los centros docentes públicos y privados concertados que deseen participar en la presente convocatoria seleccionarán un grupo de 12 a 15 estudiantes, con al menos un profesor o profesora que se responsabilizará a todos los efectos de la actividad.

  3. Las estancias formativas tendrán una duración mínima de 5 días y su finalidad será mejorar el aprendizaje de la lengua inglesa, desarrollar las capacidades comunicativas, llevar a la práctica los aprendizajes adquiridos y acercar al alumnado a la cultura del país de destino.

  4. Esta subvención se destinará a sufragar los gastos de desplazamiento, alojamiento o manutención del grupo participante y se gestionará a través de los centros docentes que deseen participar en la convocatoria. El importe de la misma para cada centro será de seis mil (6.000,00) euros, abonándose mediante transferencia a la cuenta corriente del centro, siendo el máximo de centros seleccionados de 16, en el conjunto de la Comunidad Autónoma de Canarias.

  5. La elección de los centros participantes, que estará sujeta a los criterios objetivos que han de servir de base a la concesión establecidos en la base novena, se realizará mediante el procedimiento de concurrencia competitiva.

    Segunda.- Importe y Aplicación Presupuestaria.

  6. El importe destinado a la presente modalidad asciende a la cantidad de noventa y seis mil (96.000,00) euros, con cargo a la Aplicación Presupuestaria 18.03.324C.4800000 L.A.18418102 "Becas Estudiantes Inmersión Lingüística" de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias, para el ejercicio 2011, donde existe crédito adecuado y suficiente.

  7. Si en esta modalidad no se presentaran suficientes solicitudes que permitieran la concesión del importe total reservado a la misma, se incrementará el importe destinado a los centros que hayan presentado su solicitud para grupos de 14 y 15 estudiantes. La distribución se realizará proporcionalmente al número de estudiantes que forma cada grupo, con un límite máximo de 1.400,00 y 1.500,00 euros por centro, respectivamente.

  8. Si una vez realizada la distribución anterior, quedase remanente de esta modalidad, el mismo se incorporaría a las modalidades B y C.

    Tercera.- Requisitos para seleccionar al alumnado.

  9. Los criterios para la selección del alumnado participante serán establecidos por el Consejo Escolar del centro docente que desee participar en la convocatoria, siendo los requisitos mínimos que este alumnado deberá cumplir los siguientes:

    1. Estar matriculado/a en el presente curso escolar 2010-2011, en un centro docente público o privado concertado de la Comunidad Autónoma de...

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