DECRETO 235/1990, de 19 de noviembre, por el que se actualiza el cuadro de precios máximos y mínimos de los terrenos incluidos en el Polígono Industrial de Granadilla de Abona, objeto de expediente de expropiación forzosa.

SecciónIII. OTRAS RESOLUCIONES
EmisorJuzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Granadilla de Abona
Rango de LeyDecreto

Por Decreto 1.284/1975, de 25 de abril, se delimitó el Polígono Industrial de Granadilla de Abona, estableciéndose las previsiones de su planeamiento y el cuadro de precios máximos y mínimos para la valoración de sus terrenos a los efectos expropiatorios correspondientes.

El tiempo transcurrido desde la aprobación del referido Decreto que aprobó, como queda dicho, el hasta hoy vigente cuadro de precios máximos y mínimos, aconseja proceder a una revisión de los mismos, a tenor de lo que al efecto dispone el artículo 112 de la Ley del Suelo que prevé un plazo de diez años como límite de las valoraciones establecidas.

Se ha seguido en la actualización de precios practicada el procedimiento previsto en la Ley 52/1962, de 21 de julio, y en especial el capítulo III del Decreto 343/1963, de 21 de febrero, que lo desarrolla.

En la valoración de los terrenos se ha tenido en cuenta además la condición de espacio natural protegido de que gozan determinadas parcelas incluidas en el referido polígono, sitas en el lugar que se conoce como Montaña Pelada y que están exentas, por lo tanto, de cualquier aprovechamiento urbanístico.

Por todo ello y en virtud de lo que dispone el artículo 29.11 de la Ley Orgánica 10/1982, de 10 de agosto, del Estatuto de Autonomía de Canarias, que fija entre las competencias exclusivas de la Comunidad Autónoma de Canarias la ordenación del territorio, urbanismo y vivienda; a propuesta del Consejero de Política Territorial y previa deliberación del Gobierno en su sesión celebrada el día 19 de noviembre de 1990,

D I S P O N G O:

Artículo 1.- Aprobar el cuadro de precios máximos y mínimos que deben regir en las valoraciones de los terrenos incluidos en la delimitación del Polígono Industrial de Granadilla de Abona, sujetos a expropiación forzosa, y que quedan fijados de la siguiente forma:

Sector I.- Parcelas de números catastrales 100, 682, 683, 685, 687, 689, 708, 713 y 757:

- Valor máximo = 187,83 pesetas/m2.

- Valor mínimo = 177,39 pesetas/m2.

Sector II.- Parcelas con números catastrales 766, 770, 643, 162, 151 y 152:

- Valor máximo = 240...

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