DECRETO 90/2009, de 30 de junio, por el que se declara la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa derivada de la ejecución en La Gomera, del proyecto denominado 'Modificado nº 1 del acondicionamiento de la carretera TF-711 de San Sebastián de La Gomera a Vallehermoso. Tramo: Travesía de Hermigua'.

SecciónIII. OTRAS RESOLUCIONES
EmisorConsejería de Obras Públicas y Transportes
Rango de LeyDecreto

Examinado el expediente administrativo instruido por la Secretaría General Técnica de la Consejería de Obras Públicas y Transportes para declarar la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa derivada de la ejecución en La Gomera, del proyecto denominado "Modificado nº 1 del acondicionamiento de la carretera TF-711 de San Sebastián de La Gomera a Vallehermoso. Tramo: Travesía de Hermigua", y teniendo en cuenta que se acreditan los requisitos exigidos para aprobar tal declaración, que se ciñen a:

  1. - La utilidad pública y la necesidad de ocupación de los bienes y la adquisición de los derechos afectados por la expropiación forzosa, que resulta implícita en la aprobación del proyecto de referencia por el Consejero de Obras Públicas y Transportes, el 11 de noviembre de 2008, a tenor de lo establecido en los artículos 13.1 de la Ley territorial 9/1991, de 8 de mayo, de Carreteras de Canarias, y 27 del Reglamento de Carreteras de Canarias, aprobado por el Decreto 131/1995, de 11 de mayo.

  2. - La urgencia, que se basa en la imposibilidad de culminar la obra principal, actualmente en ejecución, mientras no se disponga de los terrenos afectados por el proyecto modificado nº 1, tal como consta en el informe técnico del Jefe de Planeamiento y Construcción de la Dirección General de Infraestructura Viaria, de 4 de junio de 2009, que obra en el expediente, y en el que se indica lo siguiente:

    ...

    La urgencia de la ocupación de los terrenos necesarios para las obras de este Modificado nº 1 nace de las mismas causas que se expusieron al tramitarse la del proyecto original. Es más, si no se produce la declaración de esta urgencia con respecto a las obras del Modificado nº 1, no podrán llevarse a cabo las del inicial, por estar unas y otras indisolublemente ligadas y depender, por tanto, la ejecución de éstas de que puedan acometerse aquéllas.

    Como ya se manifestó en Informe Técnico del que suscribe, relativo a la urgencia de dichas obras principales, la urgencia de los trabajos que se realizan, se basan en la mejora de la seguridad vial, teniendo en cuenta que la carretera TF-711 es la vía principal que une los municipios del norte de la isla con la capital de la misma, y a su paso por el núcleo urbano de Hermigua constituye una travesía, con numerosas edificaciones en sus bordes, lo que la convierte en la práctica en su calle principal sobre la que gira la actividad socioeconómica, y...

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