ORDEN de 7 de junio de 2010, por la que se modifica la Orden de 24 de septiembre de 2009, que regula el régimen de inscripción, funcionamiento y estructura del Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida de Canarias.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda
Rango de LeyOrden

El 8 de octubre de 2009, fue publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 198, la Orden Departamental de 24 de septiembre, por la que se regula el régimen de inscripción, funcionamiento y estructura del Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida de Canarias.

La citada disposición vino a dar respuesta a la exigencia que, en el marco de los Planes de Vivienda 2005-2008, estableció el Real Decreto 801/2005, de 1 de julio y que incorporó, en el ámbito de esta Comunidad Autónoma, el artículo 15 del Decreto 27/2006, de 7 de marzo, por el que se crea el Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida de Canarias, con la principal finalidad de facilitar los datos precisos para la adjudicación y venta de las viviendas protegidas, tanto en primera como en ulteriores transmisiones, así como de proporcionar a las diferentes Administraciones Públicas una información actualizada de la demanda de vivienda protegida.

El citado precepto estableció igualmente la preceptividad de la inscripción en el Registro para todas las personas o unidades familiares que opten por la adjudicación o adquisición de una vivienda protegida, tanto de promoción pública como de promoción privada y difirió la regulación de su régimen de funcionamiento a la adopción de la correspondiente Orden.

Esta última previsión fue igualmente incorporada en el artículo 18 del vigente Decreto 135/2009, de 20 de octubre, por el que se regulan las actuaciones del Plan de Vivienda de Canarias para el período 2009-2012.

La Orden de 24 de septiembre de 2009 regula, por lo tanto, los términos y condiciones en los que se ha de proceder a la inscripción, el objeto, finalidad y obligatoriedad de la misma, el procedimiento, requisitos, duración y modificación de las inscripciones, así como su estructura, gestión y al acceso a los datos registrales.

Por su parte, la Disposición Transitoria Única de la citada Orden difirió hasta el 1 de julio de 2010, la obligatoriedad de la inscripción cuando de acceso a viviendas protegidas de promoción privada se tratara.

La efectiva puesta en funcionamiento del Registro Público de Demandantes de Vivienda Protegida de Canarias ha evidenciado la insuficiencia de este plazo en cuanto que el número de...

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