DECRETO 85/2012, de 11 de octubre, por el que se fijan las dimensiones de las zonas de protección de la carretera de interés regional GC-2, junto al Sector de planeamiento SUR 8.2 (Industrial) en Llano Alegre, término municipal de Santa María de Guía (Gran Canaria).

SecciónIII. OTRAS RESOLUCIONES
EmisorConsejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial
Rango de LeyDecreto

Examinado el expediente instruido por la Consejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial sobre el asunto de referencia, resultan los siguientes

  1. ANTECEDENTES

    1. - En las dependencias de la entonces Consejería de Obras Públicas y Transportes se recibió el 24 de agosto de 2010 un escrito del Ayuntamiento de Santa María de Guía, remitiendo un ejemplar de la figura de planeamiento denominada "Revisión Parcial del Plan General de Ordenación de Santa María de Guía en el Sector SUR 8.2 (Industrial)", para recabar el preceptivo informe antes de la aprobación de la citada figura de planeamiento.

      Dicho informe se emitió por la Viceconsejería de Infraestructuras y Planificación del indicado departamento el 13 de octubre de 2010, dándose traslado del mismo al mencionado ayuntamiento, al Cabildo Insular de Gran Canaria y a la entonces Consejería de Medio Ambiente y Ordenación Territorial.

    2. - El 25 de enero de 2011 se recibió en la entonces Consejería de Obras Públicas y Transportes un escrito de la indicada corporación municipal en virtud del cual, una vez aprobada inicialmente la "Revisión Parcial del Plan General de Ordenación de Santa María de Guía en el Sector SUR 8.2 (Industrial)", se daba traslado del Informe de Sostenibilidad, a fin de que se formularan, en su caso, las alegaciones oportunas.

      Mediante escrito de la Jefatura del Área de Carreteras de dicha consejería, el 16 de febrero de 2011 se trasladó un escrito al Ayuntamiento de Santa María de Guía en el que se significaba que la mencionada figura de planeamiento afectaba a la carretera de interés regional GC-2, de titularidad del Gobierno de Canarias, así como al "Proyecto de Duplicación de la Carretera GC-2", que estaba ejecutándose por dicho departamento.

      Posteriormente, el director de dicha obra emitió informe el 15 de marzo de 2011, en el que se significaba lo siguiente:

      "Vista la documentación presentada y en particular, en lo referente a su afección con la duplicación de la carretera actualmente en construcción, esta dirección de Obra informa que el referido Plan Parcial es compatible con la obra que se está ejecutando, aunque debemos hacer constar lo siguiente:

      El desmonte adyacente a la nueva calzada ha tenido que ser sobrexcavado por temas de visibilidad y, sobre todo, de estabilidad de taludes, necesitando la ejecución de un muro como soporte al tacón de tierras con el fin de evitar el posible deslizamiento del talud de la excavación.

      La zona de dominio público quedará entre el encuentro del tacón de tierras con el talud y la coronación de este último. El tacón de tierras tendrá, a su vez, la misión de impedir que los posibles desprendimientos lleguen a la carretera.

      Dado que la superficie despejada es suficientemente amplia, no se colocará valla en la coronación del talud por lo que el Plan Parcial tendrá que contemplar tal circunstancia e instalar el correspondiente cerramiento entre el ámbito del mismo y el dominio público de la carretera."

      Tras los trámites administrativos correspondientes, el 16 de marzo de 2011, el Viceconsejero de Infraestructuras y Planificación emitió informe favorable vinculante en relación con la referida figura de planeamiento, condicionado al cumplimiento de una serie de determinaciones incluidas en los subapartados 4.1 a 4.3 del mismo. Dicho informe fue trasladado al ayuntamiento interesado, al Cabildo Insular de Gran Canaria y a la entonces Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente.

    3. - Con motivo de la inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas número 102, de 10 de agosto de 2011, del anuncio 11.087 del Ayuntamiento de Santa María de Guía, mediante el que se sometía a información pública y a consulta con las administraciones públicas competentes la modificación de la figura de planeamiento "Revisión Parcial del Plan General de Ordenación de Santa María de Guía en el Sector SUR 8.2 (Industrial) de Llano Alegre", así como el Informe de Sostenibilidad, el 2 de septiembre de 2011 se comunicó al citado ayuntamiento que, al afectar la figura de planeamiento a una carretera de interés regional, el preceptivo informe de la Consejería de Obras Públicas, Transportes y Política Territorial debía emitirse antes de...

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