Decreto 316/1983, de 1 de Julio, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Presidencia del Gobiemo.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorPRESIDENCIA DEL GOBIERNO
Rango de LeyDecreto

El Real Decreto 1566/1999, de 8 de octubre (B.O.E. de 20-10-1999), determina en su art. 1, para las empresas que transporten mercancías peligrosas por carretera o por ferrocarril que sean responsables de las operaciones de carga o descarga vinculadas a dichos transportes, la obligación de contar con, al menos, un Consejero de Seguridad, encargado de contribuir a la prevención de los riesgos que, para las personas, los bienes o el medio ambiente, implican tales actividades.

El citado Real Decreto ha establecido, igualmente, los requisitos que han de reunir los Consejeros de Seguridad y sus funciones, de acuerdo con la Directiva 96/35/CE, del Consejo, de 3 de junio de 1996, conforme la desarrolla la Orden del Ministerio de Fomento de 21 de octubre de 1999 (B.O.E. de 23-10-1999).

La norma citada prevé que las convocatorias serán realizadas en sus territorios por las Comunidades Autónomas en el ejercicio de las funciones en ellas delegadas por el art. 13 de la Ley Orgánica 5/87, de 30 de julio, de delegación de facultades del Estado en las Comunidades Autónomas, en relación con los transportes por carretera y por cable.

En su virtud, R E S U E L V O Primero.¿Convocar pruebas de constatación de la capacitación profesional para la obtención del certificado de Consejero de Seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera o por ferrocarril, con arreglo a las bases que figuran en anexo.

Las pruebas de mercancías peligrosas por carretera se realizarán de conformidad con el ADR 2001.

Las pruebas de mercancías peligrosas por ferrocarril se realizarán de conformidad con el RID 2001.

Segundo.¿Designar el siguiente Tribunal calificador y el Tribunal suplente: Presidente: D. Emilio Miralles Claver.

Vocales: Dña. María Belén Alonso Pérez.

Dña. Teresa Ordiz Argüelles.

Dña. María Antonia Requejo Hevia.

Secretario: D. Rubén del Valle Martínez.

Personal colaborador: D Antonio Tamargo Carbajal D. José Antonio Fernández Domínguez.

Ttribunal suplente: D. Luis Pérez-Herrerín García.

Dña. Ana J. Valdés Tena.

Dña. María Martínez Capín.

Dña. Ana María Sánchez Muñiz.

A efectos de abono de asistencia este Tribunal tendrá la consideración de categoría primera.

Tercero.¿Determinar el siguiente lugar, fecha y horarios para la celebración de los ejercicios: Lugar: Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales de la Universidad de Oviedo, sita en la Avda. del Cristo s/n.

Fecha: 17 de mayo de...

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