DECRETO 55/2005, de 12 de abril, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento, el Faro de Maspalomas, en el término municipal de San Bartolomé de Tirajana, isla de Gran Canaria y se delimita su entorno de protección.

SecciónIII. OTRAS RESOLUCIONES
EmisorConsejería de Educación, Cultura y Deportes
Rango de LeyDecreto

Por Resolución de la Dirección General de Cultura, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias de 6 de agosto de 1990, se incoa expediente para la declaración del Faro de Maspalomas, sito en el término municipal de San Bartolomé de Tirajana, como Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento, delimitando su entorno de protección.

La tramitación de dicho expediente se ha llevado a efecto según lo determinado en la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español y en el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la citada Ley, modificado por el Real Decreto 64/1994, de 21 de enero.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Educación, Cultura y Deportes y tras la deliberación del Gobierno en su reunión del día 12 de abril de 2005,

D I S P O N G O:

Declarar Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento, el Faro de Maspalomas, en el término municipal de San Bartolomé de Tirajana, delimitando su entorno de protección, según la descripción y delimitación que figuran en el anexo I, así como la ubicación en plano que se contiene en el anexo II de este Decreto.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el Gobierno, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala competente de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación; significando que, en el caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, y todo ello sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse.

Dado en Santa Cruz de Tenerife, a 12 de abril de 2005.

EL PRESIDENTE

DEL GOBIERNO,

Adán Martín Menis.

EL CONSEJERO DE EDUCACIÓN,

CULTURA Y DEPORTES,

José Miguel Ruano León.

A N E X O I

DESCRIPCIÓN:

El edificio que ocupa el Faro de Maspalomas, se encuentra situado en el extremo sur de la isla de Gran Canaria, territorio comprendido dentro de los límites administrativos del Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana, es un edificio singular. Su singularidad le viene aportada por partida doble, ya que tanto cultural como...

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