DECRETO 82/1990, de 2 de mayo, del Presidente, por el que se convocan ayudas de documentación e investigación sobre la Comunidad Autónoma de Canarias.

SecciónIII. OTRAS RESOLUCIONES
EmisorPRESIDENCIA DEL GOBIERNO
Rango de LeyDecreto

La construcción de las autonomías demanda una capacidad continuada de respuesta ante las responsabilidades que genera la distribución constitucional de los poderes públicos. La necesidad genérica de adaptar un ordenamiento jurídico uniforme a las singularidades de cada Comunidad, y la resolución de los nuevos problemas que surgen en cada momento no pueden acometerse desde la improvisación, sino con la profundidad derivada del estudio riguroso de cada cuestión, que anime el espíritu creativo preciso para dar a la misma la satisfacción más adecuada.

A fin de colaborar en esta tarea, la Presidencia del Gobierno convoca concurso público para la adjudicación de tres ayudas, con cargo a la aplicación presupuestaria 06.02.480.00.112 B, línea de actuación 90406802 y con arreglo a las siguientes bases:

Primera.- Podrán concursar todas aquellas personas de nacionalidad española o hispanoamericana que posean grados académicos o convalidados en facultades universitarias o escuelas técnicas superiores españolas.

Segunda.- Se podrán seleccionar hasta tres proyectos de documentación e investigación, que habrán de versar sobre alguno de los siguientes temas relacionados con la Comunidad Autónoma de Canarias:

1.- Régimen de la Administración institucional;

colegios profesionales;

policías autonómicas y locales;

incompatibilidades de funcionarios y altos cargos.

2.- Urbanismo;

turismo y establecimientos hoteleros;

vivienda;

medio ambiente y conservación de la naturaleza.

3.- Asociaciones;

cultura física y deportes;

prevención, asistencia y reinserción en materia de drogodependencia;

estadística;

protección de menores;

consumo;

artesanía;

barreras físicas y sensoriales.

Tercera.- Cada proyecto contará con una dotación de seiscientas mil pesetas, con cargo a los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Cuarta.- Las solicitudes para concursar deberán presentarse en la Secretaría General de la Presidencia del Gobierno de Canarias, calle Viera y Clavijo, 50, Santa Cruz de Tenerife, o Plaza de San Bernardo, 27, Las Palmas de Gran Canaria, antes del día 15 de mayo de 1990.

A las solicitudes deberá acompañarse, en triplicado ejemplar, la siguiente documentación:

a) Currículum vitae, con exposición de los méritos académicos y profesionales, así como los trabajos y publicaciones científicas realizados;

b) Memoria detallada del proyecto, en la que, en particular, se dé cuenta de las cuestiones sobre las que ha de versar una nueva regulación y las directrices...

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