ORDEN de 22 de julio de 2010, por la que se dictan normas sobre elaboración y estructura de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2011.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Economía y Hacienda
Rango de LeyOrden

En cumplimiento de lo que establece el artículo 38 de la Ley 11/2006, de 23 de diciembre, la Hacienda Pública Canaria, corresponde al consejero competente en materia de hacienda establecer el procedimiento y los plazos para la elaboración de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.

El artículo 41 de esa norma otorga a esta consejería la competencia para determinar la estructura de los Presupuestos, atendiendo a la organización del sector público, la naturaleza económica de los gastos e ingresos, los objetivos a conseguir y la distribución territorial de los créditos.

En base a ello, por medio de la presente Orden se inicia el procedimiento de elaboración del proyecto de Presupuestos para 2011, estableciéndose la información y los plazos en que la misma debe remitirse a la Dirección General de Planificación y Presupuesto por los distintos centros gestores. Se fijan también las estructuras que articulan toda la información presupuestaria, en el marco de lo establecido en la citada norma.

Por otro lado, y en consonancia con el procedimiento de elaboración de los Presupuestos, hay que poner de relieve la crisis económica que atraviesa el conjunto del país, y que ha puesto de manifiesto la necesidad de efectuar importantes ajustes en el gasto público, que se reflejan a nivel de todo el Estado en el compromiso del Gobierno de España con la sostenibilidad de sus finanzas públicas, quedando plasmado en la actualización del Plan de Estabilidad y Crecimiento 2010-2013, aprobada por el Consejo de Ministros de 29 de enero de 2010. Para la Comunidad Autónoma de Canarias, como para el resto de comunidades, esto supondrá la necesidad de efectuar importantes esfuerzos de ajuste en el Presupuesto de 2011, que necesariamente deberán efectuar todos los departamentos y organismos dependientes del Gobierno de Canarias a fin de poder ajustar sus créditos a esta situación.

En consecuencia, en uso de las facultades que me han sido conferidas y de conformidad con lo previsto en los artículos 35 a 43 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria, se aprueban las siguientes normas sobre elaboración y estructura de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma para 2011.

CAPÍTULO I Artículos 1 a 3

PROCEDIMIENTO PARA LA ELABORACIÓN DE LOS PRESUPUESTOS GENERALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS PARA 2011.

Artículo 1 Ámbito de aplicación.

La presente Orden es de aplicación a los siguientes agentes:

  1. La Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

  2. Sus organismos autónomos.

  3. Las entidades públicas descritas en el apartado d) del artículo 2 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria.

  4. Las entidades públicas empresariales a las que se refiere el artículo 2 apartado c de la Ley 11/2006, de 23 de diciembre, la Hacienda Pública Canaria.

  5. Las sociedades mercantiles públicas.

  6. Las fundaciones públicas autonómicas.

Artículo 2 Tramitación.

Los agentes relacionados en el artículo anterior elaborarán sus propuestas de presupuestos de acuerdo con las directrices que apruebe el Gobierno al efecto, tal y como se establece en el artículo 38 de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria.

Teniendo en cuenta estas propuestas, una vez analizadas las mismas conforme a las directrices de política presupuestaria dictadas por el Gobierno, y a la vista de la información suministrada por los centros directivos de la Consejería de Economía y Hacienda y otros centros que gestionan los ingresos públicos, la Dirección General de Planificación y Presupuesto elaborará los estados de gastos e ingresos del anteproyecto de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para 2011.

Asimismo, teniendo en cuenta las propuestas que se remitan por los distintos departamentos, la Dirección General de Planificación y Presupuesto elaborará la propuesta de texto articulado del anteproyecto de Ley.

Ultimadas las propuestas de los estados de ingresos y gastos y del texto articulado, tras el proceso de revisión y análisis presupuestario realizado por la Dirección General de Planificación y Presupuesto, el Consejero de Economía y Hacienda someterá al acuerdo del Gobierno el anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para 2011.

Artículo 3 Documentación y plazos de elaboración.
  1. Antes del 1 de septiembre de 2010 deberá remitirse por los distintos centros, a través de las oficinas presupuestarias o unidades asimiladas, a la Dirección General de Planificación y Presupuesto la información que a continuación se indica, de acuerdo con los criterios que determine el Gobierno:

    1. En cuanto a los gastos del capítulo 1 "Gastos de personal" y a las dotaciones de personal que hayan de consignarse en el capítulo 6 "Inversiones reales", las oficinas presupuestarias y unidades asimiladas deberán grabar antes de la fecha indicada...

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