DECRETO 170/2011, de 12 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias.

Fecha de Entrada en Vigor14 de Julio de 2011
SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorPRESIDENCIA DEL GOBIERNO
Rango de LeyDecreto

La Disposición Adicional Segunda, apartado 1 de la Ley Territorial 4/1997, de 6 de junio, sobre sedes de los órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, atribuye al Gobierno la competencia para establecer la estructura central y periférica de las consejerías.

Al amparo de dicha habilitación y una vez determinados el número, denominación y competencias de las referidas Consejerías, en virtud del Decreto 86/2011, de 8 de julio, del Presidente, procede la fijación de la estructura central y periférica de las mismas, sin perjuicio de su ulterior desarrollo por los Reglamentos Orgánicos. Igualmente, derivado del cambio de denominación y del ámbito funcional de varias consejerías, se procede a la determinación de las sedes de las mismas, de acuerdo con los principios y criterios de la citada Ley 4/1997, de 6 de junio.

En su virtud, a propuesta del Presidente y previa deliberación del Gobierno en su reunión del día 12 de julio de 2011,

D I S P O N G O:

Artículo 1 Presidencia del Gobierno.
  1. La Presidencia del Gobierno, bajo la superior dirección del Presidente o Presidenta, se estructura en los siguientes órganos superiores:

    1. Vicepresidencia del Gobierno.

    2. Viceconsejería de la Presidencia.

    3. Viceconsejería de Acción Exterior.

    4. Viceconsejería de Comunicación y Relaciones con los Medios.

    5. Viceconsejería de Turismo.

    6. Secretaría General.

    7. Dirección General del Servicio Jurídico.

    8. Dirección General de Relaciones Exteriores.

    9. Dirección General de Emigración.

    10. Dirección General de Comunicación.

    11. Dirección General del Gabinete de la Presidencia.

    12. Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información, con rango de Dirección General.

    13. Dirección General de Infraestructura Turística.

    14. Dirección General de Ordenación y Promoción Turística.

    ñ) Dirección General del Gabinete de la Vicepresidencia.

  2. Dependen del Presidente o Presidenta del Gobierno los siguientes órganos:

    - La Viceconsejería de la Presidencia.

    - La Viceconsejería de Acción Exterior, de la que dependen la Dirección General de Relaciones Exteriores y la Dirección General de Emigración.

    - La Viceconsejería de Comunicación y Relaciones con los Medios, de la que, a su vez, depende la Dirección General de Comunicación.

    - La Viceconsejería de Turismo, de la que, a su vez, depende la Dirección General de Infraestructura Turística y la Dirección General de Ordenación y Promoción Turística.

    - La Secretaría General.

    - La Dirección General del Servicio Jurídico.

    - La Dirección General del Gabinete de la Presidencia.

    - La Agencia Canaria de Investigación, Innovación y Sociedad de la Información.

  3. Depende del Vicepresidente o Vicepresidenta del Gobierno la Dirección General del Gabinete de la Vicepresidencia.

  4. La persona titular de la Viceconsejería de la Presidencia podrá asistir a las reuniones del Gobierno, cuando sea convocada, con voz pero sin voto, quedando en este caso obligada a mantener el secreto propio de las deliberaciones de dicho órgano.

  5. La Secretaría General presta apoyo, en el ámbito de sus competencias, al conjunto del Departamento.

  6. La Presidencia del Gobierno presta apoyo administrativo a los siguientes órganos colegiados:

    1. Comisión Bilateral de Cooperación entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Canarias.

    2. Comisión Bilateral de Cooperación entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Canarias para asuntos relacionados con las Comunidades Europeas.

    3. Comisión Mixta de Transferencias de la Administración General del Estado a la Comunidad Autónoma prevista en la Disposición Transitoria Tercera del Estatuto de Autonomía.

    4. La Comisión de Coordinación y Planificación, en colaboración con las Consejerías de Presidencia, Justicia e Igualdad y de Economía, Hacienda y Seguridad.

Artículo 2 Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad.
  1. La Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad, bajo la superior dirección de su titular, se estructura en los siguientes órganos superiores:

    1. Viceconsejería de Educación y Universidades.

    2. Viceconsejería de Medio Ambiente.

    3. Secretaría General Técnica.

    4. Dirección General de Centros e Infraestructura Educativa.

    5. Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos.

    6. Dirección General de Personal.

    7. Dirección General de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa.

    8. Dirección General de Universidades.

    9. Dirección General de Protección de la Naturaleza.

  2. De la Viceconsejería de Educación y Universidades dependen las Direcciones Generales de Centros e Infraestructura Educativa; de Formación Profesional y Educación de Adultos; de Personal; de Ordenación, Innovación y Promoción Educativa y de Universidades.

  3. De la Viceconsejería de Medio Ambiente depende la Dirección General de Protección de la Naturaleza.

  4. La Secretaría General Técnica depende directamente del Consejero o Consejera de Educación, Universidades y Sostenibilidad.

  5. Son órganos territoriales de la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad las Direcciones Territoriales de Educación, previstas en su Reglamento Orgánico.

  6. Están adscritas a la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad, la Agencia Canaria de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria, la Agencia de Protección del Medio Urbano y Natural y la Agencia Canaria de Desarrollo Sostenible y Cambio Climático.

Artículo 3 Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad.
  1. La Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad, bajo la superior dirección de su titular, se estructura en los siguientes órganos superiores:

    1. Viceconsejería de Economía y Asuntos Económicos con la Unión Europea.

    2. Viceconsejería de Hacienda y Planificación.

    3. Secretaría General Técnica.

    4. Intervención General, con rango de Dirección General.

    5. Dirección General del Tesoro y Política Financiera.

    6. Dirección General de Promoción Económica.

    7. Dirección General de Asuntos Económicos con la Unión Europea.

    8. Dirección General de Planificación y Presupuesto.

    9. Dirección General de Tributos.

    10. Dirección General de Patrimonio y Contratación.

    11. Dirección General de Seguridad y Emergencias.

    12. Dirección General de Relaciones con África.

  2. Dependen de la Viceconsejería de Economía y Asuntos Económicos con la Unión Europea la Dirección General de Promoción Económica, la Dirección General de Asuntos Económicos con la Unión Europea y la Dirección General de Relaciones con África.

  3. Dependen de la Viceconsejería de Hacienda y Planificación la Dirección General de Planificación y Presupuesto, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, la Dirección General de Tributos, y la Dirección General de Patrimonio y Contratación.

  4. La Secretaría General Técnica, la Intervención General y la Dirección General de Seguridad y Emergencias dependen directamente del Consejero o Consejera de Economía, Hacienda y Seguridad.

  5. Son órganos territoriales de la Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad, dependientes orgánica y funcionalmente de la Dirección General de Tributos, los establecidos en su Reglamento Orgánico.

  6. La Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad, en colaboración con la Presidencia del Gobierno y la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, presta apoyo administrativo a la Comisión de Coordinación y Planificación.

  7. Están adscritos a la Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad el Instituto Canario de Estadística, la Academia Canaria de Seguridad y el Ente Público Radiotelevisión Canaria.

Artículo 4 Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad.
  1. La Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad, bajo la superior dirección de su titular, se estructura en los siguientes órganos superiores:

    1. Viceconsejería de Relaciones con el Parlamento.

    2. Viceconsejería de Administración Pública.

    3. Viceconsejería de Justicia.

    4. Secretaría General Técnica.

    5. Dirección General de Relaciones Institucionales y Participación Ciudadana.

    6. Dirección General de la Función Pública.

    7. Dirección General de Telecomunicaciones y Nuevas Tecnologías.

    8. Inspección General de Servicios, con rango de Dirección General.

    9. Dirección General de Relaciones con la Administración de...

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