DECRETO 85/1984, de 24 de Febrero, de la Presidencia , por el que se delegan en el Secretario General Técnico la disposición de gastos propios de los servicios del Departamento.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorPRESIDENCIA DEL GOBIERNO
Rango de LeyDecreto

La Ley 1/1.984, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma, establece en su artículo 8, apartado 4, que en la cuantía que se le delegue por los titulares de los Departamentos, serán ordenadores de gastos Ios Secretarios Generales Técnicos, los Directores Generales o asimilados y los Directores Territoriales.

En su virtud, en uso de las facultades que legalmente tengo conferidas,

D I S P 0 N G 0

Artículo 1°.- Se delegan en el Secretario General Técnico de la Presidencia del Gobierno, la ordenación de los gastos propios de los Servicios del Departamento, cuya cuantía no exceda de un millón de pesetas, dentro de los créditos autorizados.'

Artículo 2°.- La delegación de facultades a que se refiere la presente disposición se entiende sin perjuicio de las...

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