DECRETO 158/2011, de 16 de junio, por el que se delega la competencia para disponer el ejercicio de acciones judiciales en materia de tributos cuya aplicación corresponda a la Comunidad Autónoma de Canarias.

SecciónIII. OTRAS RESOLUCIONES
EmisorConsejería de Economía y Hacienda
Rango de LeyDecreto

Visto que el apartado primero del artículo 13.bis del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Jurídico del Gobierno de Canarias, aprobado por Decreto 19/1992, de 7 de febrero, en la redacción dada por el Decreto 123/2011, de 17 de mayo, exige el previo acuerdo del Consejo de Gobierno de Canarias, o, en su caso, del órgano que tenga atribuida expresamente por Ley la competencia, para disponer el ejercicio de acciones judiciales en nombre de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y de sus organismos autónomos.

Considerando que para lograr una mayor agilidad y eficacia, se hace preciso delegar dicha competencia en materia de tributos cuya aplicación corresponda a la Comunidad Autónoma de Canarias, en el centro directivo competente por razón de la materia.

Visto el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 31 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias.

En su virtud, a propuesta de los Consejeros de Presidencia, Justicia y Seguridad en funciones y de Economía y Hacienda en funciones, y previa deliberación del Gobierno en funciones en sesión celebrada el día 16 de junio de 2011,

D I S P O N G O:

Primero.- Delegar en la Dirección General competente en materia de tributos la competencia para disponer el ejercicio de acciones judiciales en materia de...

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