DECRETO 56/2003, de 30 de abril, por el que se aprueba definitivamente y de forma parcial el Plan Territorial Especial de Desarrollo Turístico de la isla de La Gomera.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Política Territorial y Medio Ambiente
Rango de LeyDecreto

La isla de La Gomera se caracteriza por la interrelación de elementos geoecológicos y antrópicos, y por la existencia de ciertas áreas del territorio que presentan vocación para el uso turístico.

Dado que este uso turístico habrá de desarrollarse dentro del marco oportuno que respete los condicionantes medioambientales y socioeconómicos intrínsecos del territorio, el Cabildo Insular de La Gomera ha elaborado el Plan Territorial Especial de Desarrollo Turístico de la isla de La Gomera, cuyo objeto es el desarrollo de un modelo de ordenación del turismo de La Gomera donde se contemplen las previsiones de desarrollo turístico, la identificación y delimitación de las zonas aptas para el uso turístico, la definición de las características básicas del paisaje rural insular, la identificación y delimitación de los ámbitos territoriales que deban destinarse a usos del sector primario, etc.

El Plan Territorial Especial de Desarrollo Turístico de la isla de La Gomera fue aprobado inicialmente por el Pleno del Cabildo Insular de La Gomera en sesión de 18 de junio de 2002. El documento fue sometido a información pública mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife nº 79, de 3 de julio de 2002, otorgándose, simultáneamente, audiencia a todos los Ayuntamientos de la isla. Solicitados los informes sectoriales preceptivos y realizadas las correcciones oportunas, la Corporación aprueba provisionalmente el Plan Territorial en sesión de 20 de diciembre de 2002, y posteriormente, mediante Acuerdo Plenario de 24 de marzo de 2003, se subsanan las deficiencias detectadas durante la tramitación, puestas de manifiesto en la Ponencia Técnica de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias celebrada el día 21 de marzo de 2003.

Vistos los informes sectoriales emitidos por la Dirección General de Costas del Ministerio de Medio Ambiente, por la Viceconsejería de Infraestructuras del Gobierno de Canarias y por la Dirección General de Ordenación e Infraestructura Turística del Gobierno de Canarias.

Visto el informe favorable a la aprobación definitiva parcial de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias en sesión celebrada el 2 de abril de 2003, excepto en cinco ámbitos concretos en los que se propone la suspensión de dicha aprobación (Aluce, Iguala, Benchijigua, El Cepo y Taguluche), al objeto de que se subsanen las deficiencias apreciadas, en especial, el sometimiento a nueva información pública al tratarse de suelos incorporados con posterioridad a la aprobación inicial del documento de planeamiento.

El apartado 2 de la Disposición Adicional Primera de la Ley 6/2001, de 23 de julio, de medidas urgentes en materia de ordenación del territorio y del turismo de Canarias establece que los Planes Territoriales Especiales deberán ser aprobados por el Gobierno de Canarias, previo informe favorable de la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias.

Vista la Ley 6/2002, de 12 de junio, sobre medidas de ordenación territorial de la actividad turística en las islas de El Hierro, La Gomera y La Palma.

El apartado 3 de la Disposición Transitoria Tercera de la Ley 19/2003, de 14 de abril, por la que se aprueban las Directrices de Ordenación General y las Directrices de Ordenación del Turismo de Canarias establece que los instrumentos de ordenación insulares que, a la entrada en vigor de dicha Ley, hayan sido aprobados provisionalmente, podrán proseguir su tramitación y resolverse definitivamente conforme a las determinaciones legales vigentes previamente, sin perjuicio del deber de adaptación y de la observancia de las normas de aplicación directa contenidas en ambas Directrices de Ordenación.

Vistas la Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias y el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y de Espacios Naturales de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Política Territorial y Medio Ambiente, y previa deliberación del Gobierno en sesión celebrada el día 30 de abril de 2003,

D I S P O N G O:

Artículo 1

Aprobar definitivamente y de forma parcial el Plan Territorial Especial de Desarrollo Turístico de la isla de La Gomera, en los términos de la aprobación provisional del Cabildo Insular de La Gomera de 20 de diciembre de 2002, con las correcciones igualmente acordadas por el Pleno Insular en sesión celebrada el 24 de marzo de 2003, conforme al apartado 2 de la Disposición Adicional Primera...

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