DECRETO 29/1999, de 25 de febrero, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de personal estatutario del Servicio Canario de la Salud para 1999.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Sanidad y Consumo
Rango de LeyDecreto

La Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, establece en su artículo 70 los criterios y directrices a los que debe sujetarse la oferta de empleo público, concebida como instrumento de programación anual de las necesidades de personal y de racionalización del empleo público y de los procesos de selección del personal al servicio de esta Administración autonómica, en los que deben primar los principios constitucionales de igualdad, méritos y capacidad.

Concluido el período de adecuación a la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias de las funciones y efectivos transferidos en materia de asistencia sanitaria de la Seguridad Social, así como el de puesta en funcionamiento y organización del Servicio Canario de la Salud, procede abordar la oferta de empleo público de personal estatutario adscrito a dicho organismo, con el fin de consolidar el alto índice de empleo interino existente en el sector, como consecuencia del período transitorio al que se ha hecho referencia al comienzo de este párrafo, que vino a unirse a una etapa de paralización de convocatorias por el anterior organismo gestor.

La oportunidad de la decisión viene determinada por la existencia, en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, de un acuerdo entre el Insalud y la mayoría de los Servicios de Salud al amparo de lo previsto en la Disposición Adicional Undécima del Real Decreto-Ley 1/1999, de 8 de enero, para acometer convocatorias coordinadas de pruebas selectivas y de concursos de traslados. Dicho acuerdo tiene como finalidad, a la par que el apoyo mutuo en la preparación y ejecución de los procesos, evitar en lo posible desplazamientos masivos de personal entre instituciones sanitarias que puedan repercutir en la prestación de la asistencia sanitaria, dado el gran volumen de personal que mueve el Sistema.

El artículo 22 de la Ley 2/1999, de 4 de febrero, de medidas urgentes económicas, de orden social y relativas al personal y a la organización administrativa de la Comunidad Autónoma de Canarias para el ejercicio 1999, establece que la oferta de empleo público del Servicio Canario de la Salud se podrá aprobar separadamente a la del resto de la Comunidad Autónoma de Canarias, permitiendo incluir en la misma los puestos de trabajo o plazas que, estando dotados presupuestariamente, se encuentren desempeñados interinamente.

El artículo 14 de la citada Ley atribuye al Servicio Canario de la Salud la celebración de los procesos selectivos y de provisión de plazas, sin especificar el órgano que debe ejercer la competencia en cada una de las fases de los citados procesos por lo que, en aplicación del principio de seguridad jurídica, se precisa una mayor concreción de...

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