DECRETO 99/2014, de 16 de octubre, por el que se regula la estructura organizativa para la preparación y respuesta frente a la posible aparición de emergencias sanitarias.

SecciónI. DISPOSICIONES GENERALES
EmisorConsejería de Sanidad
Rango de LeyDecreto

En una sociedad globalizada como la actual se aumenta el riesgo de alarmas sanitarias de importancia internacional que exigen una respuesta coordinada de los diferentes Estados y de las organizaciones internacionales de protección de la salud.

El Reglamento Sanitario Internacional de 2005 es una normativa de la Organización Mundial de la Salud y define una emergencia de salud pública de importancia internacional como un "evento extraordinario de salud pública que, mediante procedimientos concretos, se ha determinado que constituye un riesgo para la salud pública de otros Estados a causa de la propagación internacional de una enfermedad, y podría exigir una respuesta internacional coordinada".

Solo desde una perspectiva de prevención y coordinación se pueden superar situaciones que pueden provocar graves alteraciones en los sistemas sanitarios y de inquietud en la población. La evaluación de riesgos, el conocimiento de alertas anteriores, la concreción de objetivos y una política de información que llegue a la población son factores que se deben priorizar en el abordaje de cualquier medida de prevención ante emergencias sanitarias.

La Red de Vigilancia Epidemiológica de Canarias, integrada en la Red del Sistema Nacional de la Salud, constituye el elemento esencial de vigilancia del sistema de alerta sanitaria en nuestra Comunidad Autónoma, que junto con la elaboración de planes de contingencia específicos y la formación de los profesionales sanitarios, constituyen la base de las medidas de preparación y respuesta ante cualquier alerta o emergencia sanitaria.

Todas las actuaciones previas deben tener una base científica sólida así como las decisiones que las autoridades sanitarias adopten en la fase de emergencia. Para ello es imprescindible dotarse de elementos de organización que ayuden a la evaluación y asesoramiento de las decisiones y que sean reflejo del carácter multidisciplinar de los posibles riesgos que se pueden afrontar, a través de representación de profesionales cualificados y de la aplicación de procedimientos y protocolos ad hoc.

La articulación de un Plan que integre dichos protocolos y procedimientos y la actualización de los mismos, en función de la situación epidemiológica y su implementación, exigen que se cuente con una estructura organizativa adecuada, con los correspondientes niveles de decisión, asesoramiento y de ejecución y coordinación, tanto sanitaria como no sanitaria, aprovechando la estructura organizativa vigente en el Servicio Canario de la Salud, tanto a nivel central como territorial.

La estructura organizativa que se crea tiene carácter multisectorial dada la importancia de una actuación coordinada de los sectores materiales y organizaciones implicados que se verá reforzada por una estructura de grupos de trabajo formados por científicos, asesores y técnicos que servirán de apoyo.

En su virtud, a propuesta conjunta del Consejero de Presidencia, Justicia e Igualdad y de la Consejera de Sanidad y tras la deliberación del Gobierno en su reunión del día 16 de octubre de 2014,

D I S P O N G O:

CAPÍTULO I Artículos 1 a 4

COMITÉ EJECUTIVO DE CANARIAS PARA LA PREPARACIÓN Y RESPUESTA FRENTE

A SITUACIONES DE EMERGENCIAS SANITARIAS

Artículo 1 Creación y puesta en funcionamiento.
  1. Se crea el Comité Ejecutivo de Canarias para la preparación y respuesta frente a situaciones de emergencias sanitarias, como órgano colegiado de carácter decisorio y ejecutivo adscrito a la Consejería competente en materia de sanidad.

  2. La puesta en funcionamiento de este Comité Ejecutivo se realizará mediante convocatoria por la persona que ostente la Presidencia en situaciones que den lugar a la declaración de alerta sanitaria por el órgano o Administración competente, ejerciendo las funciones que le atribuye el presente Decreto mientras sea necesario.

Artículo 2 Composición.
  1. El Comité Ejecutivo de Canarias para la preparación y respuesta frente a situaciones de emergencias sanitarias, tendrá la siguiente composición:

    1) Presidencia: la persona titular de la Consejería competente en materia de sanidad.

    2) Vicepresidencia: la persona titular de la Dirección del Servicio Canario de la Salud.

    3) Vocales:

    1. La persona titular de la Dirección General competente en materia de salud pública del Servicio Canario de la Salud.

    2. Seis representantes con el rango, al menos, de Director General, competentes en las materias relativas a:

      - Comunicación.

      - Relaciones con la Unión Europea.

      - Seguridad y emergencias.

      - Educación.

      - Turismo.

      - Asuntos sociales.

    3. Una persona en representación de la Sociedad Pública Gestión de Servicios para la Salud y Seguridad en Canarias.

    4. La persona que ejerza la presidencia del Comité Científico conforme al artículo 5 del presente...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR