DECRETO 98/2015, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Plan Territorial de Emergencias de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Canarias (PLATECA).

SecciónIII. OTRAS RESOLUCIONES
EmisorConsejería de Economía, Hacienda y Seguridad
Rango de LeyDecreto

La Ley 2/1985, de 21 de enero, sobre Protección Civil, establece en su artículo 10.1 que los planes de protección civil y atención de emergencias de las Comunidades Autónomas deberán ser aprobados por el Consejo de Gobierno autonómico y homologados por la Comisión Nacional de Protección Civil.

En la misma línea el artículo 8.2 de la Norma Básica de Protección Civil, aprobada por Real Decreto 407/1992, de 24 de abril, establece que las Comunidades Autónomas elaborarán y aprobarán sus planes territoriales, atribuyendo la dirección y coordinación de tales planes a la correspondiente Comunidad Autónoma, salvo cuando sea declarado el interés nacional conforme a lo previsto en la citada Norma Básica.

Los artículos 3 y 4 de la Norma Básica de Protección Civil antes citada, regulan los Planes Territoriales como instrumentos de planificación para hacer frente a las emergencias generales que se puedan presentar en cada ámbito territorial de la Comunidad Autónoma y de ámbito inferior.

En el ámbito de la legislación autonómica, cabe señalar que el apartado c) del artículo 28 de la Ley 9/2007, de 13 de abril, del Sistema Canario de Seguridad y Emergencias y de modificación de la Ley 6/1997, de 4 de julio, de Coordinación de las Policías Locales de Canarias, atribuye al Gobierno de Canarias la aprobación del Plan Territorial de Emergencias de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Canarias, así como de los planes especiales y específicos, consignándose en el apartado 4 del artículo 31 de la mencionada Ley, que los acuerdos o decretos de aprobación de los planes de emergencias serán publicados en el Boletín Oficial de Canarias.

Pues bien, el Plan Territorial de Emergencias de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Canarias, bajo el acrónimo PLATECA, fue aprobado inicialmente por acuerdo del Consejo de Gobierno en su sesión de 12 de noviembre de 1997.

Posteriormente, mediante Decreto 1/2005, de 18 de enero, el Gobierno de Canarias, aprobó la actualización del citado Plan, que fue publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 154, de 8 de agosto de 2005.

Partiendo de la base de que los planes de protección civil y atención de emergencias son documentos dinámicos que han de ser objeto de revisión periódica a fin de adecuarlos a las circunstancias jurídicas, técnicas y tecnológicas, así como a la experiencia acumulada con su aplicación, estos prevén por sí mismos sus mecanismos de revisión, como es el caso del apartado 7.8 del PLATECA, bajo la...

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