DECRETO 97/2015, de 22 de mayo, por el que se crea una escuela infantil de titularidad municipal en la isla de Tenerife.

SecciónIII. OTRAS RESOLUCIONES
EmisorConsejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad
Rango de LeyDecreto

La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, en su disposición adicional segunda , establece que la creación de centros docentes públicos, cuyos titulares sean las corporaciones locales, se realizará por convenio entre estas y la Administración educativa, a efectos de su inclusión en la programación general de la enseñanza.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, prevé que nuestro sistema educativo se inspira, entre otros, en el principio de la cooperación y colaboración de las Administraciones educativas con las corporaciones locales en la planificación e implementación de la política educativa [artículo 1.p)] y que las Administraciones públicas promoverán un incremento progresivo de la oferta de plazas públicas en el primer ciclo, cooperando entre ellas para asegurar la oferta educativa en este ciclo (artículo 15.1).

El Decreto 201/2008, de 30 de septiembre, por el que se establecen los contenidos educativos y los requisitos de los centros que imparten el primer ciclo de Educación Infantil en la Comunidad Autónoma de Canarias establece en su artículo 13.1 que las corporaciones locales podrán proponer la creación de Escuelas Infantiles con arreglo a la normativa aplicable para la creación de los centros escolares y que, igualmente, será precisa la previa firma del correspondiente convenio con la Consejería competente en materia de educación.

De acuerdo con lo dispuesto en el citado artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, compete al Gobierno de Canarias la creación y supresión de centros docentes públicos, correspondiendo al titular de la Consejería competente en materia de educación, hacer la oportuna propuesta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5, apartado 1, letra d), del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, aprobado por el Decreto 113/2006, de 26 de julio, y el artículo 2 del Reglamento Orgánico de los centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Canarias, aprobado por el Decreto 81/2010, de 8 de julio, en relación con el artículo 13.1 del Decreto 201/2008, de 30 de septiembre, por el que se establecen los contenidos educativos y los requisitos de los centros que imparten el primer ciclo de Educación Infantil en la Comunidad...

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